El ente público Ràdio i Televisió de Mallorca (RTVM), dependiente del Consell, ha sido condenado a pagar 7.767.837,87 euros más los intereses de demora por la abortada compra de su sede, que se planteó inicialmente en la palmesana possessió de Son Puig. La propietaria de la finca, Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), a través de su filial Tema Concesionaria SA, reclamó dicha cantidad en los tribunales en concepto de daño emergente por los gastos derivados de la frustrada operación, fallando a su favor la juez de lo Mercantil María del Pilar Caballero Requero. La sentencia –recurrible ahora ante la Audiencia Provincial– añade un nuevo capítulo a la polémica ante el inminente cierre de RTVM, decidido unilateralmente por el PP.

Durante el último gobierno insular de UM y PP, el Consell convocó un concurso público para adquirir la sede principal de la radiotelevisión pública mallorquina, adjudicándoselo a mediados de 2006 a Tema Concesionaria, la única licitante. El contrato estipulaba que el Consell debía abonar a la adjudicataria 112 millones de euros en 40 años, a razón de 2,8 millones anuales. A cambio, la filial de FCC debía librar la antigua possessió rehabilitada y acondicionada para albergar las dependencias institucionales y administrativas de la Ràdio i Televisió de Mallorca, por un lado, y dos platós de televisión y otras instalaciones audiovisuales por otro.

Sin embargo, el proyecto nunca llegó a su fin, ya que el Ayuntamiento de Palma denegó las licencias y demás permisos de obra debido a que Son Puig cuenta con un grado de protección patrimonial que hacía inviable los usos previstos. Se estudiaron otras fórmulas, como cambiar la ubicación inicial de los estudios de televisión –proyectados en el patio– y construirlos en el exterior, pero en ese caso se excedía el volumen máximo de edificabilidad permitido.

Así las cosas, el pasado 2 de julio de 2009 todos los partidos con representación en el Consell –incluidos UM y PP, que habían avalado la adquisición de Son Puig– acordaron dar marcha atrás a la compraventa y la resolución del contrato con FCC/Tema por incumplimiento. La multinacional interpuso entonces una demanda ante la Justicia.

En sus argumentos de defensa, Ràdio i Televisió de Mallorca descargó la responsabilidad de la rescisión contractual sobre la adjudicataria, pues a su juicio es la que debía entregar Son Puig en condiciones de ser ser utilizada, lo que nunca ocurrió.

La magistrada, que señala en su fallo que las negativas del Ayuntamiento de Palma a la concesión de las licencias "pudieran considerarse como de mero trámite", antepone el hecho de que en su día la oferta presentada por FCC/Tema "se consideró correcta" por parte de los anteriores responsables de la radiotelevisión del Consell, a la sazón cargos de confianza de UM, y tampoco se objetó nada acerca del edificio, pese a saberse de antemano que estaba protegido. La jueza aprecia que el "silencio" de RTVM y su "falta de colaboración para llevar adelante el proyecto ante los impedimentos" de Cort "nos sitúa más en un resultado contractual de imposibilidad sobrevenida en la ejecución del contrato, que en el de un incumplimiento imputable" a la adjudicataria, y por eso le da la razón.

De nada le sirvió a RTVM esgrimir ser la parte perjudicada y no "entender qué pretendía y qué pretende" FCC/Tema cuando solicitó su colaboración "con objeto de buscar una situación de desbloqueo con la Administración municipal. ¿A qué ´clase´ de colaboración para el ´desbloqueo´ se refiere?", se preguntó la defensa.