La sala de refuerzo de la Audiencia de Palma ha declarado que los pinchazos telefónicos practicados por el juzgado de instrucción 3 al ex president del último Govern del PP, Jaume Matas, estuvieron justificados en las sospechas de que se dedicaba al blanqueo de capitales. Los magistrados emplean en el auto donde desestima el recurso de Matas la más reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia del secreto de las comunicaciones y las escuchas judiciales y concluyen con la inexistencia de anomalía alguna que obligue a anular los pinchazos.

La Audiencia de Palma dictó el viernes un auto legitimando las escuchas telefónicas al ex president del Govern del PP Jaume Matas, efectuadas por la Guardia Civil, entre octubre del 2009 y marzo del 2010, con autorización del juez Castro, según adelantó DIARIO de MALLORCA el sábado 6.

Rafael Perera y Manuel Ollé Sesé, letrados de Matas, pidieron a la Audiencia que anulase como pruebas las cintas con varias conversaciones telefónicas de Matas, su esposa Maite Areal; su cuñado, Fernando Areal; y su amigo, y presunto testaferro, Bartolomé Reus. Según el tribunal, las defensas pretendían invalidar un gran número de actuaciones, incluido el auto donde se decretó la fianza de 3 millones para Matas.

Básicamente, el recurso desestimado alegaba que los pinchazos telefónicos no estaban debidamente justificados y habían vulnerado el derecho de defensa de los imputados, al haberse intervenido conversaciones entre abogados y clientes.

La sala de refuerzo basa su resolución en una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) dictada el 26 de abril pasado y donde se analiza un supuesto de escuchas telefónicas muy similar a las de Matas. Según el TC, para fundamentar la necesidad de intervenir las comunicaciones, frente al derecho al secreto de las mismas amparado por la Constitución, se necesitan "indicios de la posible comisión de un hecho grave y de la conexión de las personas afectadas por las intervenciones (los imputados escuchados) con los hechos investigados".

Estos indicios han de ser "algo más que simples sospechas", pero "algo menos que los indicios racionales exigidos para el procesamiento". En el caso de Matas la Guardia Civil comunicó al juez y a la fiscalía anticorrupción las fuertes sospechas de que Matas podía estar blanqueado dinero procedente de sobornos a través de sus familiares o allegados, indicios que el tribunal estima suficientes para justificar las escuchas.