El reglamento que desarrollará la ley de puertos aún puede tardar hasta seis meses en ser redactado. Esta norma debe contemplar, entre otras, la regulación del registro de amarres de los puertos en concesión. La intención del Govern es que cualquier usuario de un puerto de gestión directa esté registrado y también cualquier propietario en concesión para que queden registradas, en este último caso, todas las transmisiones. Según la ley, los amarres se pueden transmitir por el tiempo máximo de la concesión. En el supuesto de transmisión, el concesionario tiene derecho a cobrar como máximo un 1% del precio convenido.