Distintos tribunales españoles ya se han pronunciado sobre el cobro de pensiones de dos mujeres viudas que habían estado casadas a la vez con un trabajador inmigrante extranjero, según destacaron ayer dos ponentes en el IV encuentro nacional entre el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España. Una de las ponencias del día sirvió para analizar la adaptación del sistema legal español a las costumbres y leyes que los cientos de miles de inmigrantes asentados en nuestro país han traído de sus naciones de origen, entre ellas la bigamia o la poligamia.

En la mesa redonda participaron Francisco A. Rodríguez Nóvez, Javier Barberena y Marina Pacheco, presidentes, respectivamente, de los colegios de graduados sociales de Jaén, Guipúzcoa y Cantabria; Carmen Hilda, magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Asturias; y Remedios Roqueta, catedrática de la Universitat de les Illes Balears.

Según explicó Francisco Rodríguez, una de las sentencias sobre casos de bigamia otorgó el cincuenta por ciento de la pensión a cada esposa, mientras que otra resolución le dio a una un porcentaje superior porque la segunda esposa convivió menos con el bígamo dado que éste la repudió.

Otra sentencia llamativa falló a favor de un sargento del Ejército español que no era católico y fue obligado a participar en un homenaje a la Virgen. El Tribunal Constitucional dictaminó que el Ejército tenía que haber procurado eximir a aquel suboficial del acto para respetar su derecho a la libertad de religión. La opinión mayoritaria de los ponentes fue que actualmente la legislación española, combinada con los tratados bilaterales entre España y terceros países, es suficiente para afrontar la nueva casuística.