El magistrado palmesano Joaquín María Andrés Joven, titular del juzgado de familia 12 de Palma, ha dictado un auto pionero en España en el que declara la custodia compartida del hijo de unos separados, que estarán a cargo del menor, y los días laborales, media jornada cada uno. La medida está pendiente de ser confirmada en la correspondiente sentencia de divorcio y fue adoptada sin que los dos cónyuges estuvieran de acuerdo en compartir los cuidados de su hijo.

La resolución judicial se ha dictado en el expediente de divorcio de un joven matrimonio mallorquín. Esta pareja se casó hará unos dos años y tuvo un hijo que está en edad de guardería.

La madre quería que el juez de familia le otorgara la custodia del menor, pero el magistrado ha optado por que el pequeño siga al cargo y cuidado también del padre, representado por Margarita Bautista (del bufete Pomar). El progenitor sí que estaba de acuerdo en repartirse con su ex mujer la atención y crianza del niño.

Fuentes jurídicas han destacado que es totalmente inhabitual que un juzgado de familia otorgue una custodia compartida de niños en un supuesto en el que los dos padres no están de acuerdo con dicha medida.

El propio magistrado dice que la custodia compartida, que conlleva que el menor viva unos días en casa de su padre y otros en casa de su madre, turnándose de hogar en hogar, implica una serie de posibles disfunciones y desventajas para los menores.

"La situación de alternancia periódica de la convivencia con cada uno de los padres no permite en gran parte de los casos a los hijos estructurarse psicológicamente", explica el auto. Los continuos cambios pueden provocar también conflictos psicológicos y problemas de adaptación y educación a los pequeños, añade el juez.

Sin embargo, Joaquín María Andrés entiende que la custodia compartida presenta aspectos positivos "como el que los niños puedan estar, tras el cese de la convivencia de sus progenitores, con ambos (padres) de una forma semejante, sin que ninguno de aquellos pase a un segundo plano".

El juzgado, tras estudiar de manera pormenorizada la situación laboral y los horarios de los dos progenitores y las necesidades del pequeño, que está en edad de acudir a la guardería, ha dictado una serie de normas para favorecer el reparto de cargas en la ex pareja.

Mañanas y tardes

Los dos separados trabajan fuera del hogar, pero el padre tiene habitualmente un turno de tarde.

Por eso, el auto establece que el pequeño estará de lunes a jueves por las tardes con su madre, que a las ocho y media de la noche lo llevará a casa de su ex marido. El menor dormirá en el hogar de su padre, que se ocupará de él por las mañanas y, en su caso, de llevarlo a la guardería y, más adelante, al colegio. Los fines de semana el hijo estará una semana de viernes a sábado con su madre, y el sábado pasará la noche con el padre. A la semana siguiente la madre disfrutará del pequeño hasta el domingo a la noche, cuando lo entregará al padre para que duerma en casa de éste. De esta forma el pequeño dormirá casi todos los días en casa de su padre, pero pasará la mayoría de las tardes y otras jornadas enteras con su madre. Las vacaciones escolares del menor también serán compartidas por sus padres.