Uno de los compromisos del Gobierno de Mariano Rajoy durante esta legislatura es la de publicar una lista de grandes defraudadores y morosos. Esta medida ha sido anunciada en reiteradas ocasiones desde el año 2012 por parte del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, pero todavía no se ha hecho realidad. En este listado está previsto que figuren los grandes morosos y defraudadores del país, que actualmente rondan las 2.000 personas físicas y jurídicas. Sin embargo, en España existen otras listas de morosos mucho más amplias. Son las que incluyen a todas aquellas personas que acumulan alguna deuda, y que en los últimos años han ido creciendo exponencialmente de forma simultánea con el agravamiento de la crisis económica.

Sin embargo, son muchas las personas que desconocen que figuran en una lista de morosos, algo que a menudo descubren por casualidad y que casi siempre supone una desagradable sorpresa. Cualquier persona que haya tenido alguna deuda pendiente -letras de hipoteca, préstamos personales, facturas de teléfono impagadas, recibos pendientes€- es susceptible de estar incluida en alguna de las listas de morosos que existen en España.

Pese a que la Ley Orgánica 5/1992 establece que cuando se incluye a una persona en una lista de morosos el afectado debe ser avisado en un plazo máximo de 30 días para que éste pueda ejercer sus derechos de información, rectificación y cancelación, a menudo esta notificación no llega al interesado, bien porque acaba extraviada bien porque se envía a direcciones antiguas. A menudos, los afectados no tienen constancia de su inclusión en una lista de morosos hasta que no solicitan un préstamo a una entidad bancaria o intentan realizar algún trámite como contratar una línea telefónica.

Afortunadamente, saber si tu nombre figura en una lista de morosos resulta muy sencillo. Aunque existen decenas de registros de impagados, los más utilizados por las entidades financieras en España son el de ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación) y el de RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas). En el caso de la primera lista, en ella aparecen deudas impagadas y se nutre a partir de la información aportada por sus socios -entidades financieras, empresas de telecomunicación, aseguradoras€

Para saber si figuras en el listado de morosos de ASNEF, es suficiente con ponerse en contacto con la empresa que lo gestiona a través de su página web o bien a través del correo electrónico, correo postal (c/ Albasanz, 16, 28037 Madrid), o télefono (902 126 000). Saber si figuras en la lista de ASNEF es gratuito y no supone ningún coste.

En el caso del listado RAI, éste depende del Centro de Cooperación Interbancaria -creada por los bancos, cajas y cooperativas de crédito- y contiene la información relativa a impagos de personas jurídicas, por valor igual o superior a 300 euros, que se produzcan en documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda (letras aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta corriente y pagarés de cuenta corriente). En el caso del fichero RAI, para acceder a sus datos y conocer si se aparece en su listado es necesario acceder a su página web.

Figurar en una lista de morosos conlleva perjuicios importantes, como la imposibilidad de acceder a los productos financieros de la mayoría de entidades (hipotecas, préstamos personales, préstamos al consumo €). También es muy probable que se tengan dificultades si se pretende contratar nuevas líneas telefónicas o servicios básicos como la luz o el gas. Por ello resulta fundamental salir cuanto antes de estos ficheros de morosos. Aunque en principio cuando se salda la deuda pendiente estos registros proceden automáticamente a actualizar su listado, es conveniente que sea el propio afectado el que verifique que efectivamente su nombre ha sido eliminado de la lista de morosos.

Si se comprueba que sigues apareciendo en el registro pese a haber saldado tu cuenta, puedes ponerte en contacto con la empresa para que te elimine definitivamente. En la mayoría de los casos, se te pedirá que demuestres por escrito que la deuda se ha saldado al 100%. Aunque la ley permite conservar hasta 6 años los datos de antiguos morosos, esta práctica no es frecuente y la mayoría de registros optan por eliminarlos en un periodo breve de tiempo, por lo que a efectos prácticos será como si nunca hubieses pertenecido a este fichero.