Los españoles podrán presentar la Renta 2023 desde el 11 de abril, ya sea a través de la confirmación del borrador, por métodos telemáticos o en las oficinas de la Agencia Tributaria, y estarán ansiosos por conocer cuándo les ingresan declaración. Es necesario conocer que periodos manejan los servicios de Hacienda para devolver la cuantía que marque el IRPF en caso de que así sea.

¿Cuándo pagan la renta?

La Agencia Tributaria recuerda que "si la liquidación provisional no se hubiera practicado en el mencionado plazo de seis meses", la Administración procederá a devolver de oficio "el exceso de pagos a cuenta sobre la cuota autoliquidada".

Transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya ordenado el pago de la devolución por causa imputable a la Administración, "se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora tributario desde el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha de ordenación del pago, sin necesidad de que el contribuyente lo solicite".

Hacienda tiene un plazo de seis meses para ingresar en la cuenta del contribuyente el importe correspondiente desde la misma fecha en que concluya la campaña de la renta, el 30 de junio. Sin embargo, Hacienda no suele tardar más de un mes en hacer el ingreso, siempre y cuando el importe no supere los 3.000 euros.

No obstante, si la cuantía de la devolución rebasa esta cantidad, los 3 000 euros, es muy probable que Hacienda emplee más de 30 días en ingresar el dinero ya que suele realizar una serie de comprobaciones complementarias. Realizar y entregar la declaración del IRPF a través de Internet puede también agilizar los plazos.

Antes de presentar la declaración, es necesario asegurarse de que no sólo los datos fiscales sean los correctos, sino también de que han quedado anotados los posibles cambios en el estado civil, modificaciones en direcciones postales y cuentas bancarias y también las deducciones a las que se tenga derecho.

Son muchos los contribuyentes que desean consultar el estado de tramitación de su declaración de la renta una vez entregada toda la documentación, ya sea por vía presencial o por métodos telemáticos. Consultar la evolución de todo este proceso es posible desde 2008 a través de los servicios en Internet de la Agencia Tributaria.

Para ello, es imprescindible acceder a la página de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Una vez allí, hay que dirigirse a la pestaña de 'Mis Expedientes' y, dentro de ella, seleccionar 'Impuestos'. Ahí se desplegará un menú que permitirá conocer datos sobre los distintos tributos que pagamos: el propio IRPF, el IVA, etc.

¿Qué hago si Hacienda no me devuelve el dinero?

Lo primero que hay que tener presente es que Hacienda dispone de seis meses de plazo (que empiezan a contar el día que se cierra la campaña de la Renta) para abonar la cantidad correspondiente a aquellos contribuyentes a los que la declaración les salga a devolver. Es decir, hasta el 31 de diciembre no tendrían que pagar intereses por demora en el pago.

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Por eso, y aunque no es habitual, si llega el primer día del año y la Agencia Tributaria no ha hecho ningún ingreso en tu cuenta bancaria, tienes que saber que tienes derecho a que te abonen una compensación.

Pero si el dinero te urge y no quieres esperar a que Hacienda tome la iniciativa, siempre puedes registrar un nuevo escrito de devolución. Se puede enviar por correo certificado o por fax. Esto solo aplica para aquellos casos en los que no se ha hecho una declaración paralela y para aquellos contribuyentes que no tienen deudas pendientes con la Administración del Estado.