Tal vez lleve un cuarto de siglo conviviendo con el fenómeno de la vivienda turística vacacional. Antes algunos clientes compraban apartamentos de costa para alquiler a largo plazo, pero una buena parte de ellos los reservaban para la "temporada alta". Sus clientes no eran particulares pues en aquellos tiempos no disponían de plataformas para generar reservas: sus clientes eran las cadenas hoteleras que colocaban en apartamentos turísticos sus casos de overbooking o a sus clientes VIP. Por tanto, el fenómeno es antiguo si bien el negocio ha cambiado de manos y, de ahí, me temo, parte del alboroto que ocupa primeras planas en los medios.

Desde el punto de vista de los riesgos, no obstante, poco ha cambiado en muchos sentidos. Lo cierto es que la vivienda vacacional es un negocio que requiere inversión y facilita un retorno que se obtiene de la prestación de servicios a terceros mediando un contrato escrito o verbal en el que se establecen unas condiciones por ambas partes, con unos flujos económicos sujetos a impuestos (IVA, IRPF, Sociedades, retenciones a proveedores, etc) por lo que el arrendador debe tener claro que es un negocio con todas las consecuencias. Y todo ello genera riesgos que implican situaciones peligrosas para el patrimonio. Aquel que decide operar fuera de la Ley, taza y media.

De entrada, entendamos que tener turistas de pago en casa por un día (p.e. vía Airbnb), semana, mes o año representa que nuestra casa durante ese tiempo no es una residencia familiar. En ella habrá personas a las que podemos causar daño en sus bienes o personas (un escape de gas o de agua, una derivación eléctrica, un mal funcionamiento de la piscina, una litera que colapsa, etc). Asimismo, si esos "turistas" dejan una sartén en el fuego o su cargador de móvil de cortocircuita causará daños a nuestros bienes (vivienda y contenido) e incluso a vecinos o puede que celebren en nuestra casa una fiesta de fin de curso con resultados demoledores. ¿Está nuestro seguro familiar preparado para eso? No. Por ello ese riesgo es grave y puede causar nuestra ruina si no ha sido tratado por un especialista.

Añadamos a eso que al poner nuestra vivienda vacacional en varios portales podemos incurrir en riesgos típicos del hotelero: overbooking accidental, facilitar información incorrecta (fotos con vistas inexistentes, no informar obras en vecindario, problemas de acceso tanto para vehículos como para personas con discapacidad, así como ofrecer un servicio que puntualmente no esté disponible, etc.) Con ello podemos entrar en el campo de la responsabilidad civil profesional y esto es algo que no garantiza un seguro de hogar estándar.

Nuestra vivienda familiar quedará expuesta a la exhibición en todas las redes sociales lo que puede ser una excelente oportunidad para los amigos de lo ajeno, también puede ser el escenario del rodaje de una película porno o el inicio de algo peor (recomiendo contratar un servicio de internet específico para uso de los turistas con cambio de password del router y de la wifi con cada alquiler pues un hacker puede infectar nuestros sistemas y los de todos nuestros sucesivos clientes y€será nuestra responsabilidad. En este sentido sería recomendable contar con un seguro de ciberriesgos.

También, es recomendable contar con seguros de protección legal específicamente adaptados. Sepamos que, si nuestro "cliente" decide no marcharse, tendremos dos problemas: tendremos que responder por incumplimiento contractual si había otras reservas posteriores y nos veremos obligados a iniciar un proceso de desahucio mientras buscamos otra residencia para nuestra familia dado que nuestro cliente se habrá convertido en un okupa.

Puedes mirar hacia otro lado, desde luego, pero los ejemplos que he puesto son del mundo real.

Decía Chesterton que la aventura puede ser loca pero el aventurero cuerdo. Serlo es mi consejo.

* Presidente de la Asociación Balear de Corredores de Seguros