El trámite de la declaración de la Renta, cuya campaña ha comenzado esta semana con la apertura del plazo para las presentaciones por internet, incluye la oportunidad de desgravar cantidades abonadas en el ejercicio anterior por diferentes conceptos, entre ellos, por ejemplo, el alquiler de vivienda.

Pero, ¿cómo funciona la deducción por alquiler en la Renta?

La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual se suprimió en 2015, pero sigue vigente para los contratos que se firmaron antes, con los mismos baremos: una deducción del 10,05% de las cantidades abonadas, siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

Las condiciones que estipula la agencia tributaria son dos:

  • "Has celebrado un contrato de arrendamiento con anterioridad a 1 de enero de 2015 y has satisfecho, con anterioridad a dicha fecha, cantidades por el alquiler de tu vivienda habitual".
  • "Has tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015".

Además, la mayor parte de las comunidades autónomas permiten desgravaciones adicionales por el alquiler de la vivienda habitual.