El pasado 7 de abril dio comienzo la campaña de la Renta 2020. Los contribuyentes tendrán así que presentar sus declaraciones en los plazos establecidos por la Agencia Tributaria. Ya se puede consultar el borrador y presentar la declaración de la renta a través de internet, ya sea con el programa Renta Web o la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, para lo que es necesario certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.

Estas son las fechas clave para realizar la declaración de la Renta

7 de abril

El miércoles 7 de abril comenzó la campaña de la Renta 2020 solo en su modalidad online. Ya se puede realizar la declaración a través del portal web de la Agencia Tributaria o la aplicación móvil de la administración.

4 de mayo

A partir del 4 de mayo será posible pedir cita previa para ser atendido por un técnico de la Agencia Tributaria por vía telefónica, para que este te ayude a realizar la declaración del IRPF.

6 de mayo

Las citas para ser atendido por teléfono se abrirán a partir del 6 de mayo.

27 de mayo

Desde el jueves 27 de mayo es posible solicitar cita previa para realizar la declaración de la Renta con la ayuda de un técnico de forma presencial en alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria.

2 de junio

Las citas para presentar la declaración del IRPF de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria no serán concedidas hasta el miércoles 2 de junio.

25 de junio

El viernes 25 de junio termina el plazo para presentar la declaración de la Renta con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.

30 de junio

El miércoles 30 de junio, finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta.

Obtener el borrador desde el primer día

Por otra parte, en 2020, al igual que los años anteriores, todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas obtenidas, podrán obtener el borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB), tras aportar, en su caso, determinada información que les será solicitada al efecto, u otra información que el contribuyente pudiera incorporar.

Los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales, desde el primer día de la campaña de renta, a través del servicio de tramitación del borrador/declaración, utilizando alguno de los sistemas de identificación solicitados, es decir, con certificado electrónico reconocido, 'Cl@ve PIN' o con el número de referencia, desde donde podrán confirmarlo y presentarlo o, en su caso, modificarlo, confirmarlo y presentarlo.

Asimismo, en los supuestos en los que sea necesario aportar determinada información para finalizar la elaboración del borrador, una vez aportada la misma, los contribuyentes podrán obtener el borrador a través del servicio de tramitación del borrador/declaración.