Industria

Stellantis Vigo y los sindicatos pactan el ERTE: 60 días ampliables a 75

Ambas partes alcanzaron también un acuerdo por el ERE, articulado para un centenar de bajas voluntarias

Un trabajador de la fábrica de Vigo de PSA, en la línea de montaje del Citroën C-Élysée.

Un trabajador de la fábrica de Vigo de PSA, en la línea de montaje del Citroën C-Élysée. / PSA-VIGO

Adrián Amoedo | @Adrian_Amoedo

Stellantis Vigo y los sindicatos han finalizado las negociaciones por el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y por el expediente de regulación de empleo (ERE). Tal y como estaba previsto, ambas partes han llegado esta mañana a un acuerdo que, como se planteó en la última reunión, incluye un máximo de 60 jornadas laborables de suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023, con una ampliación de 15 días en caso de que fuese necesario ante la previsión de que la escasez de microchips y otros componentes continúe a lo largo del año.

En lo que respecta al ERE, tras la petición de los sindicatos de poder acceder a bajas voluntarias, se ha aprobado para un máximo de 100 personas.

En el caso del expediente de regulación temporal de empleo, el acuerdo se llegó tras la propuesta realizada por la dirección el martes de esta semana. Así, se aplicará a todos los trabajadores con contrato indefinido una vez agotada las medidas de flexibilidad de la factoría, como la adecuación de jornada y el saldo disponible en la bolsa de horas, que se ampliará excepcionalmente en 2023 hasta 35 días en negativo.

Además, según fuentes consultadas también se podrá acceder al ERTE una vez consumidas 20 jornadas de bolsa a título individual o consumidas 10 jornadas para aquellas personas que hayan utilizado 30 días de la bolsa plurianual u otros días que le correspondan individualmente en días de parada en 2021 y 2022.

De igual forma, se mantienen las garantías económicas de expedientes anteriores, que suponen el 80% del salario por convenio y un complemento individual.

Por su parte, en las condiciones para el ERE se establecen distinciones. Así, la extinción incentivada para aquellos trabajadores de 59 años o más, personas próximas a la edad de jubilación con las indemnizaciones ya previstas en anteriores expedientes; otra para los que tienen menos de 59, para desarrollar un proyecto individual, por lo que se abonará una indemnización de una anualidad de salario anual bruto por cada 8 años de antigüedad, con un máximo de 2 anualidades; por último, otra extinción con derecho de retorno preferente, con posibilidad de reincorporación a los 36 meses y una indemnización equivalente a 1,25 anualidades de salario anual bruto.