Renta 2021
Renta 2021: los gastos que se puede deducir un profesional
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos no tributan de la misma manera que lo trabajadores por cuenta ajena a la hora de hacer la declaración del IRPF

Estos son los gastos que se puede deducir un autónomo en la declaración de la renta. / GVA
M.C.
La Campaña de la Renta 2021 llega a su recta final (finaliza el 30 de junio) y aun son muchos los que tienen dudas a la hora de elaborar la declaración de IRPF para este año. Así, los trabajadores autónomos o por cuenta propia tienen la posibilidad de deducir algunos gastos a la hora de tributar. Al contrario que los trabajadores por cuenta ajena, es conveniente que los profesionales sepan cuáles son las deducciones a añadir en su liquidación.
Lo más importante para realizar estas distinciones es tener claro el criterio por el cual se puede deducir un gasto en la Renta. Este tiene que estar directamente vinculado a la actividad laboral del autónomo, que debe tener todas las facturas como elemento necesario para poder justificarlo y tiene que estar registrado de forma correcta en el libro de gastos e inversiones.
Uno de los gastos más importantes que se puede deducir y que muchas veces se desconocen es el de alquileres de locales o espacios de 'coworking' donde se realice la actividad laboral. También los sueldos y salarios que se pagan a los empleados del autónomo, además de otros gastos que se realicen a favor de la plantilla como lo serían sueldos en especie, viajes, dietas de manutención o premios, entre otros.
Además, se cuentan los gastos de personal como los de formación, seguros de accidentes, contribuciones a pensiones e indemnizaciones, igual que los servicios de profesionales independientes contratados y servicios exteriores como la publicidad y transporte. En el caso de los autónomos que teletrabajen, pueden deducir hasta 30% de los suministros de luz, agua e Internet.
Los pagos a la Seguridad Social, incluyendo las que corresponden a los empleados, las cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y las aportaciones a mutualidades de previsión social, así como tributos como el impuesto de bienes inmuebles (IBI), el impuesto de actividades económicas (IAE) y otros recargos y tasas también están dentro de los gastos que se pueden deducir, al igual que los intereses de préstamos y créditos. Además, los autónomos que no presentan declaraciones trimestrales del IVA pueden deducir el IVA soportado.
Los gastos de materias primas y auxiliares, gasolina y otros bienes necesarios para las actividades que llevan a cabo, así como los gastos de reparación y mantenimiento de los materiales y de los que resulten de su deterioro y depreciación también son susceptibles de ser añadidos como deducciones a la declaración de la renta.
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