La confirmación de un borrador de la declaración de renta 2021 con datos erróneos o simplemente incompletos puede tener efectos muy perniciosos para el bolsillo de cualquier contribuyentes. En el mejor de los casos, es posible que no acceda a la opción más favorable y que acabe pagando cuando no tiene que hacerlo, o que el importe que le sale a devolver esté por debajo de lo que le correspondería de tener la información actualizada.

En el peor de los escenarios, hasta es posible que la Agencia Tributaria acabe imponiendo una sanción, ya que Hacienda parte de la base de que la confirmación del borrador de por sí no exime de multa alguna. Los expertos advierten que muchos borradores contienen algún tipo de error o presentan datos incompletos, por lo que recomiendan que se revise a conciencia el documento, se coteje y, llegado el caso, se modifique, antes de confirmarlo definitivamente.

Sin embargo, ¿cuáles son las equivocaciones más comunes en los borradores?

De entrada, el decano del Colegio de Economistas de Alicante, Francisco Menargues, alerta de que la casuística puede ser de lo más variada. En cualquier caso, reconoce que son los datos relativos a los inmuebles los que más quebraderos de cabeza suelen generar, muchas veces porque, si bien es cierto que el Catastro remite a la Agencia Tributaria información de los inmuebles del contribuyente, en ocasiones los datos tardan mucho tiempo en actualizarse. Así ocurre con cuestiones relativas a la titularidad tras cualquier tipo de operación, sea por compraventa o usufructo, por ejemplo.

También se puede dar el caso de que no se aplique en el borrador de la declaración de la renta la deducción por inversión en vivienda habitual, siempre que la hayan adquirido antes de 2013 o hayan satisfecho cantidades para su construcción con anterioridad a ese año, cuando hay de por medio un préstamo no hipotecario.

Por otro lado, el pago de seguros de incendios o de vida, que exigen las entidades financieras a la hora de firmar una hipoteca, se consideran más inversión en la vivienda habitual, y tampoco suelen detallarse en el borrador. De hecho, la Agencia Tributaria sólo recibe de los bancos los intereses que han producido las cuentas bancarias, los dividendos, los planes de pensiones y las hipotecas. Precisamente muy relacionado con estas cuestiones está el supuesto de las deducciones por alquileres y, en general, cualquier otra exención autonómica, que prácticamente nunca se tienen en cuenta en los borradores, según apostilla Francisco Menargues.

Las circunstancias personales del contribuyente es probable que hayan variado en 2021. Puede que se haya casado, que se haya divorciado, que haya tenido hijos o que se le haya declarado una incapacidad, y las variaciones sólo las puede aportar el afectado, con lo que no quedarían recogidas en el documento enviado por Hacienda, y lo mismo ocurriría con pensiones compensatorias de divorcio o de alimentación de los hijos.

Junto a todos estos aspectos, Francisco Menargues alerta de que "a veces el borrador se envía con una opción de tributación que no es la más ventajosa, hasta el punto de que se pueden mandar datos individuales y, si el cónyuge no recibe ningún tipo de ingresos, es más beneficioso presentar la declaración de forma conjunta".

Algo similar ocurre cuando los hijos menores de 25 años han tenido algún trabajo esporádico y, aunque sin obligación, presentan la declaración porque les sale a devolver. En este caso, como alertan desde el Colegio de Economistas de Alicante, es necesario ver si lo que Hacienda tiene previsto reintegrar al hijo compensa lo que percibirían los padres si se aplica el mínimo familiar por descendiente.

No menos ventajoso, según puntualiza el decano del Colegio de Economistas, es imputar las rentas que se reciben en varias anualidades en un mismo año por la progresividad del impuesto, como puede darse en casos de "premios" por la permanencia en una empresa o por seguros de vida de capital diferido. Tampoco las ganancias patrimoniales escapan a errores, hasta el extremo de que, por lo que respecta a las ganancias patrimoniales no sujetas a retención, pueden aparecer en los datos fiscales, pero por el valor por el que se han vendido las acciones y no por el de la compra.

En una situación parecida se encuentran las cuotas que se pagan a sindicatos, partidos políticos y colegios profesionales, que no se recogen en el borrador de la renta. No en vano, la Agencia Tributaria deja bien claro en su página web que el abono de cuotas sindicales no pueden ponerse a disposición de Hacienda "por imperativo legal".

Con este escenario de partida, el decano del Colegio de Economistas incide en que "hay que llevar cuidado y revisar los borradores porque, a pesar del esfuerzo que hace la Agencia Tributaria, se elabora con información obtenida de terceros, y a la altura de marzo o abril, cuando empiezan a remitirse los primeros borradores, es posible que la información aún no esté actualizada". Mientras, desde el organismo subrayan en su web oficial que, "técnicamente, el borrador no contiene errores. Lo que ocurre es que, como se elabora con información obtenida de terceros, puede que haya datos que no estén incluidos por no haber sido puestos en conocimiento.