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Medidas anticrisis

¿Qué medidas del escudo social prorroga el Gobierno?

El Ejecutivo alarga hasta el 31 de octubre medidas destinadas a paliar los efectos de la crisis en suministros básicos y la vivienda

Concentración frente al Congreso de los Diputados por una vivienda digna y contra los desahucios.

El consejo de ministros aprueba este martes prorrogar varias medidas que se incluyen dentro del denominado "escudo social" para paliar los efectos de la crisis del coronavirus en hogares y familias, tal como adelantó este diario. De no alargarse, esta iniciativas paliativas vencerían el próximo lunes 9 de agosto.

¿Por qué se prolongan?

A pesar de que los indicadores económicos apuntan a una recuperación, el Ejecutivo considera que la situación actual de vacunación y prevención "exige una gran dosis de cautela". A su vez, pese a la tendencia a la mejoría, "la experiencia en las fases de salida de otras crisis económicas precedentes muestra que la recuperación no se traslada inmediatamente a la economía de individuos, pymes y familias", por lo que se requiere "un tiempo adicional para que se estabilice el empleo, su capacidad económica y se restituya su potencial de ahorro". Eso se ve especialmente en "los sectores más vulnerables de la población", a los que van dirigidas las medidas del real decreto-ley del Gobierno que, de no actuar, vencerían el lunes 9 de mayo.

Suministros básicos garantizados para consumidores vulnerables

Uno de los primeros objetivos consiste en garantizar el suministro a los consumidores vulnerables de agua, electricidad y gas natural. De esta forma, se amplía hasta el 31 de octubre la garantía de suministro de agua, electricidad y gas natural a los consumidores vulnerables. A su vez se mantiene una nueva categorización de consumidor vulnerable, a los efectos de la percepción del bono social de electricidad y la protección especial frente a la interrupción del suministro hasta el 31 de octubre. Entre estas situaciones se encuentran estar en expediente de regulación temporal de empleo (erte) o en paro

Contratos y rentas de alquiler

Dentro del apartado de medidas para el alquiler de vivienda se prorroga también hasta el 31 de octubre la posibilidad de aplicar una prórroga extraordinaria del plazo del contrato de arrendamiento por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones establecidos para el contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes. También se extiende, hasta el 31 de octubre de 2021, la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor y se amplían por ese mismo periodo los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor. Es decir, se amplía la posibilidad del arrendatario de obtener, en tales supuestos, el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta, siempre que dicho aplazamiento o la condonación total o parcial de la deuda no se hubiera conseguido ya con carácter voluntario por acuerdo entre ambas partes. Por su parte, se extiende hasta el 30 de noviembre de 2021 el plazo durante el que los arrendadores y titulares de la vivienda afectados por la suspensión extraordinaria podrán presentar la solicitud de compensación prevista. También se prolonga el plazo para que las comunidades autónomas puedan utilizar los recursos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, a fin de hacer frente a las compensaciones que procedan, y por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores.

Desahucios y lanzamientos en arrendamientos

También se prorroga hasta el 31 de octubre la posibilidad de suspensión de procedimientos de desahucios y lanzamientos de vivienda por impago del alquiler en situaciones de vulnerabilidad sin alternativa habitacional. El Gobierno justifica esta prolongación en que en todo el año 2020 ingresaron en los tribunales 57.482 demandas de juicios verbales que pueden concluir en el lanzamiento de las personas demandadas (verbales arrendaticios, verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas y verbales posesorios restantes, incluidos los juicios de desahucio por precario) y en el primer trimestre de han ingresado 35.178 procedimientos de la misma clase. Ello significa que, de mantenerse uniforme la tendencia, se cerraría el año 2021 con un número superior a las 140.000 demandas de esta naturaleza.

Violencia de género

Otras medidas que se prorrogan son las relacionadas con la violencia de género. Se extiende la consideración como esenciales de los servicios de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género hasta el 31 de octubre de 2021, a fin de que las Administraciones Públicas competentes sigan adoptando todas las medidas que resulten necesarias para garantizar, tanto la prestación, entre otros, de servicios acogida, de información o asesoramiento jurídico 24 horas a las víctimas de violencia género, como el apoyo al personal que presta servicios de asistencia social integral a las víctimas.

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