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Airbnb y el resto de plataformas de alquiler deberán informar a Hacienda de la titularidad de los apartamentos

El Gobierno vuelve a introducir la obligación después de que el Supremo tumbara el anterior reglamento

Una perspectiva de la playa de Benidorm.

Las plataformas de alquiler de apartamentos turísticos como AirbnbWimdu Booking tendrán que volver a informar a la Agencia Tributaria sobre la titularidad de los inmuebles y los ingresos generados para los propietarios. De esta manera, las plataformas deberán informar de todas las operaciones que realicen a partir del próximo 26 de junio mediante una declaración trimestral.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes el nuevo modelo de esta declaración después de que el Tribunal Supremo anulara el anterior, tras el pronunciamiento en contra de la justicia europea de una normativa similar en Irlanda por no haber sido notificada a la Comisión Europea. De esta forma, durante el último año las plataformas se han visto eximidas de esta obligación, que ahora vuelve a ser reinstaurada.

El denominado modelo 179 o "Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos", tendrá una periodicidad trimestral, debiendo presentarse durante el mes natural siguiente a la finalización de cada trimestre natural.

La obligación de presentación de la declaración informativa (modelo 179) afecta a las cesiones de viviendas con fines turísticos que se produzcan a partir del día 26 de junio, en la medida en que la intermediación en dichas cesiones se haya producido a partir de esa fecha.

Con carácter excepcional, la disposición transitoria única de la orden establece que el plazo de presentación de la declaración informativa correspondiente a los días de cesión correspondientes al segundo trimestre del ejercicio 2021 (del 26 al 30 de junio de 2021)se realizará en el mismo plazo que el previsto para el tercer trimestre de dicho año, esto es, del 1 de octubre al 2 de noviembre de 2021.

La nueva obligación de información, se establece "con fines de prevención del fraude fiscal para las personas o entidades, en particular, las denominadas 'plataformas colaborativas', que intermedien en la cesión de uso de viviendas con fines turísticos".

Así deberán presentar el nuevo modelo 179 las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito.

La presentación del modelo 179 tendrá una periodicidad trimestral, y deberá presentarse en relación con las operaciones realizadas en cada trimestre natural, en el plazo comprendido entre el primer y el último día del mes natural posterior a la finalización del trimestre a que se refiera la declaración.

La norma aprobada por el Gobierno obliga a las plataformas a proporcionar a la Administración Tributaria información detallada sobre la identidad del titular del inmueble puesto en uso a través de sus servicios, la referencia catastral de la vivienda en alquiler, de las personas que han arrendado el inmuebles y del tiempo durante el cual han disfrutado de la misma y del importe recibido por el titular de la vivienda cedida, lo que proporcionará a Hacienda un cuadro más que completo de todas las operaciones tramitadas a través de estas plataformas y de los ingresos recibidos por los titulares.

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