Investigación

La UCO inició su investigación contra el dopaje en el ciclismo al detectar paquetes con "sustancias prohibidas"

La jueza que instruye el caso Maynar acepta que la Agencia Antidopaje acceda al sumario para acusar a los implicados en la presunta red de distribución ilegal de medicamentos

El exciclista Vicente Belda acude a los juzgados de Alcoi para declarar por videoconferencia en el caso Maynar.

El exciclista Vicente Belda acude a los juzgados de Alcoi para declarar por videoconferencia en el caso Maynar. / Juani Ruiz

Tono Calleja Flórez

Los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil iniciaron en enero de 2021 una investigación contra los integrantes del que califican "grupo criminal" que distribuía de manera ilegal medicamentos. Y lo hicieron tras detectar que el médico Marcos Maynar y otras personas que actuaban como intermediarios recibían y enviaban paquetes postales con sustancias supuestamente dopantes, según especifica un auto de 13 de octubre de 2022 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cáceres, al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica.

Los magistrados explican que a lo largo de la investigación policial se procedió "al examen -a través del escáner y en algún caso ulterior apertura- de determinados envíos de paquetería en los que se observaba que contenían lo que aparentemente eran fármacos, del tipo cápsulas, distribuidos en bolsitas autocierre o envases que, en la mayoría de los casos, no parecían comerciales”.

Estos envíos, que no se realizaban a través de los cauces reglados para el traslado de fármacos, eran remitidos por el médico Maynar, -quien ya había sido investigado por tráfico de sustancias dopantes- y cuyos destinatarios eran personas vinculadas al deporte del ciclismo. Los guardias abrieron alguno de los paquetes, cuyos contenidos examinaron y tomaron muestras.

'Operación Ilex'

Los agentes plasmaron sus conclusiones en un atestado policial en el que informaron a la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cáceres, que instruye la denominada 'Operación Ilex' o caso Maynar, de las sustancias sospechosas que habían descubierto tras el "escaneo y toma de muestras de varios paquetes postales". La jueza, tras estudiar el informe de la UCO, dictó el 8 de noviembre de 2021 un auto en el que aludía a las pesquisas policiales, en concreto a las "interceptaciones" de paquetes enviados el 19 de abril, el 20 de abril, el 27 de julio y el 28 de julio de 2021.

Uno de los paquetes contenía capsulas que incluían ácido dicloroacético y Actovegin Forte, sustancias cuyo uso no está autorizado en España. Por este motivo la jueza y los magistrados de Cáceres consideraron que podrían estar cometiendo “un presunto delito de tráfico ilícito de medicamentos", que suponen "un riesgo o un peligro para la vida o salud de deportistas mediante sustancias dopantes (algunas de ellas sin trazabilidad al provenir de laboratorios no autorizados, mercado negro o fabricación propia y no respetarse las normas vigentes en su trasporte), así como de otros medicamentos prohibidos en España", destaca el auto de 13 de octubre de 2022 de la Sección Segunda de la Audiencia de Cáceres.

Un informe oficial

La instructora, que también tuvo acceso a un informe elaborado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), se convenció de la existencia de indicios suficientes de que los investigados estaban enviando desde la sede de la Universidad de Cáceres paquetería “con destino a ciclistas profesionales y a Vicente Belda Vicedo, exciclista dedicado presuntamente a dirigir la carrera deportista de otros ciclistas, quién a su vez podría dirigir todo o parte del contenido de los envíos a algunos de estos”, continúa el auto de la Audiencia de Cáceres.

Los magistrados especifican que el 26 de julio de 2021 la Guardia Civil interceptó a un ciclista relacionado con Vicente Belda en el aeropuerto de Alicante con diferentes medicamentos y cápsulas. Los productos no eran ilegales, pero su detección elevó las sospechas sobre las actividades de Maynar. Según explican fuentes del caso a El Periódico de España, se trataba de un ciclista de nacionalidad colombiana que no está imputado, y que no era Miguel Ángel ‘Supermán’ López. Sin embargo, este último acabó despedido por el grupo ciclista Astana por su "probable conexión" con el polémico facultativo. El club patrocinado por el Gobierno de Kazajistán también prescindió de los servicios de Vicente Belda García, hijo del exciclista que trabajaba como fisioterapeuta.

'Supermán' López no está imputado en la causa. Por el contrario, los Belda, cuyo papel en la supuesta trama sería el de intermediarios entre el facultativo y los deportistas, comparecieron el pasado jueves como investigados ante la jueza de Cáceres por videoconferencia desde los Juzgados de Alcoi (Alicante). En declaraciones a Efe, Maynar admitió que, entre otros deportistas, recomendó a “Supermán” López, el uso del Actovegin, conocido como la ‘EPO de los pobres’, y que hace que el "músculo cardiaco sufra menos durante el esfuerzo". "No es una sustancia que esté en las listas del doping, por tanto no es doping”, aseguró.

Este deportista colombiano siempre ha negado haberse dopado, y por eso de forma reciente ha difundido en sus redes sociales una nota en la que informa de que ha pasado "los controles del pasaporte biológico antidoping" por lo que, asegura, "tiene completa autorización para competir en cualquier equipo tras su renovada licencia UCI para el año 2023".

Críticas a la UCO

La defensa de Marcos Maynar alegó ante la Audiencia Provincial de Cáceres que la UCO actuó de forma “sobredimensionada” y que realizó una “prospección generalizada, llevando a cabo este actuar durante seis meses sin dato objetivo de ninguna clase". El abogado defendía también que la Guardia Civil había dirigido “de forma unilateral una investigación” sin haberlo puesto en conocimiento del Juzgado. Además, aseguraba que la Policía Judicial había configurado un atestado basado “en elementos subjetivos, simplemente por conocer el nombre de una persona que en su día fue investigado hace más de una década".

Finalmente, el letrado del facultativo censuró la actuación de la instructora, pues aseguraba que con su auto de 27 de octubre de 2021 abrió unas diligencias con “un supuesto indicio de criminalidad inexistente” en relación a un posible delito de sustancias nocivas para la salud, “cuando no existía análisis de ninguna clase", pues este no se produjo hasta varios meses después.

Aval judicial

Sin embargo, los magistrados cacereños han avalado, en todo momento, la legalidad de las actuaciones de los agentes de la Guardia Civil y de las decisiones de la instructora de la denominada ‘Operación Ilex’.

Ante la petición de las defensas de que las diligencias desarrolladas por la UCO fueran anuladas, la jueza contestó que los agentes no precisaban de autorización judicial para llevar a cabo los registros, ya que la Policía Judicial puede llevarlos a cabo "en el ejercicio de control de correspondencia", como por ejemplo ocurrió en un envío de 19 de abril de 2021.

La versión de la jueza fue confirmada por la Audiencia de Cáceres, cuyo auto recuerda que el examen a través de escáner del contenido de envíos postales o de paquetería es una actividad de seguridad para la que no es precisa autorización judicial: “En las diligencias policiales se indicaba, con acierto, que cuando se trata de paquetes o envíos no incluidos dentro del carácter secreto de las comunicaciones, el nivel de tutela se corresponde con el dispensado para la intimidad personal en el artículo 18.1 de la Constitución Española, lo que implica que podrá la autoridad administrativa proceder a su apertura y a la inspección y control de su contenido, siendo en este caso necesaria e idónea para determinar la naturaleza del contenido", dice el auto de la Audiencia Provincial de Cáceres.

Investigaciones previas

Los magistrados explican, en el mismo sentido, que estos controles de paquetería no se limitan sólo a los casos en los que hay indicios sólidos de un delito, sino que se pueden llevar a cabo “incluso de forma aleatoria”. Este es el motivo por el que la Audiencia no encuentra ninguna irregularidad en el hecho de que la UCO escaneara la correspondencia de “quien ya anteriormente se había visto inmerso en investigaciones referidas al dopaje de deportistas”.

En la resolución de 13 de octubre de 2022 los magistrados ponen de manifiesto que en las imágenes plasmadas en las diligencias policiales “se aprecian unas cápsulas en bolsitas de auto cierre o en envases sin identificación comercial, con indicaciones manuscritas”, lo que les sugiere que se trataba de “una fabricación clandestina”.

En este sentido, la UCO apuntaba que la elaboración y preparación de los paquetes con las sustancias objeto de investigación las realizaba el doctor Maynar "en un ámbito cerrado como sería el propio domicilio o las instalaciones del laboratorio de la universidad, constituyendo lugares fuera del acceso de personas en general; el primero por razones obvias al ser un lugar estrictamente privado, por su carácter de domicilio, y el segundo por ser un lugar de acceso restringido para personal autorizado".

Por otra parte, la jueza ha acordado la personación de la Abogacía del Estado en representación de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD), según ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura a El Periódico de España.