El Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) le ha dado la razón al Govern ante el recurso de la Federació Balear de Muntanyisme i Escalada (FBME), que reclamaba que las carreras de montaña que se disputan en Mallorca y que transcurren entre los 500 y 600 metros de altitud fueran de su competencia y no a elección de los organizadores, que podían declinarse por la Federació d’Atletisme de les Illes Balears (FAIB).

El TSJIB ahora ha decidido que todas la carreras de Trail Running por debajo de los 600 metros deberán ser organizadas por la de atletismo, sin excepción. Es un varapalo para la Federació Balear de Muntanyisme i Escalada, que aspiraba a quedarse con una parte del pastel más grande y que ahora verá reducida todavía más sus competencias.

En este sentido, las carreras por montaña tendrán que estar reguladas de acuerdo con los estatutos o reglamentos vigentes de la FBME y, además, el recorrido de la carrera tendrá que superar obligatoriamente la cota de 600 metros, sin excepción. Por su parte, las carreras de Trail Running deberán estar reguladas por la FAIB y no podrán rebasar la cota de 600 metros.