El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) ha dejado sin efecto la sanción de dos años de inhabilitación, impuesta por la Real Federación Española de Piragüismo (RFEP) a Juan Carlos Fuentes, presidente de la Federación Balear de Piragüismo (FBP). El expediente disciplinario se inició el mes de agosto de 2020 por la denuncia de tres entrenadores de un mismo club ante el Comité Nacional de Competición y Régimen Disciplinario, denunciando haber sido dados de alta sin su conocimiento.

El Comité, "sin ningún tipo de prueba", según explica la FBP, sancionó al presidente de la Balear por falsificación de datos en la licencia de competición o documentos necesarios para su expedición, imponiendo así la citada sanción de inhabilitación por dos años.

Poco menos de un año después, el TAD resuelve a su favor estimando su recurso, y alegando que, "por mucho esfuerzo argumentativo de la resolución sancionadora, y del informe ante este tribunal no se acredita la concurrencia de una actuación dolosa por parte del hoy recurrente ya que la existencia de perjuicio, que se da por el hecho de la emisión de licencias incorrectas, no puede derivarse una responsabilidad objetiva, sino que dicha responsabilidad debe acreditarse y probarse en el seno del expediente", y es que el Comité Nacional de Disciplina y Régimen Disciplinario "dio por válidas todas las acusaciones sin que los denunciantes tuvieran que presentar prueba alguna" en apoyo de sus pretensiones.