La Conselleria de Cultura, Participació i Esports hizo llegar ayer a las federaciones afectadas la resolución firmada por la consellera Fanny Tur donde se establecen los criterios para diferenciar las carreras por montaña del Trail Running en la regulación deportiva de las Illes Balears.

En este sentido, las carreras por montaña tendrán que estar reguladas de acuerdo con los estatutos o reglamentos vigentes de la Federación Balear de Montañismo y Escalada y, además, el recorrido de la carrera tendrá que superar obligatoriamente la cota de 600 metros. Por su parte, las carreras de Trail Running deberán estar reguladas de acuerdo con los estatutos o reglamentos vigentes de la Federación de Atletismo de Baleares y el recorrido de la carrera no podrá superar en ningún momento la cota de 600 metros.

Respecto a las carreras incluidas actualmente en cualquier de los calendarios de estas federaciones, en las cuales el recorrido supere la cota de 500 metros pero no la cota de 600 metros, el organizador podrá decidir antes del inicio de la temporada al calendario de qué federación quiere registrar la carrera.

Asimismo, la resolución propone que en el momento en qué desde el Consejo Superior de Deportas (CSD) haya una postura firme en cuanto a la definición de estas dos modalidades, se pueda revisar la resolución para poder adaptarla al ámbito estatal.

Desde el Govern apuntaronque la resolución se basa en los informes técnicos y en las reuniones entre las dos federaciones con la asistencia de técnicos de la Dirección General de Deportes y Juventud y la Fundació per a l'Esport Balear.

Finalmente, la Conselleria recordó que, mediante una resolución de noviembre de 2018, se creó una comisión mixta formada por la Federación de Atletismo de las Baleares y la Federación Balear de Montañismo y Escalada junto a tres miembros nombrados por Deportes que debía definir "claramente" las características diferenciadoras entre los conceptos de Trail Running y carreras por montaña.

Así, desde el Govern explicaron que, pasado el plazo de dos meses, y después de que el informe previo y la resolución esté basada con el principio de acuerdo de la comisión, tenía que ser la misma Conselleria la que determinara, por resolución, las características de cada una de estas especialidades, previo informe técnico favorable.