Un juez ha avalado el régimen abierto que la Generalitat otorgó por segunda vez al expresidente del Fútbol Club Barcelona Josep Lluís Núñez, al entender que está manteniendo "un buen comportamiento" en la prisión y que el riesgo de que reincida es bajo.

En un auto, a que ha tenido acceso Efe, el titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 de Barcelona desestima el recurso de la Fiscalía contra el tercer grado que el Departamento de Justicia concedió a Núñez el pasado mes de octubre, lo que le permite acudir a la prisión solo a dormir y pasar los fines de semana en casa.

Tanto Núñez como su hijo, Josep Lluís Núñez Navarro, lograron por primera vez el régimen abierto en diciembre de 2014, cuando habían pasado entre rejas apenas 37 días de los dos años y dos meses a que los condenó el Tribunal Supremo (TS) por sobornar a inspectores en el llamado "caso Hacienda".

A raíz de un recurso de la Fiscalía, la Audiencia de Barcelona obligó el pasado 10 de agosto a Núñez a regresar a prisión las 24 horas del día, pero un mes después el Departamento de Justicia volvió a conceder el régimen abierto al expresidente del Fútbol Club Barcelona.

El ministerio público volvió a recurrir el régimen de semilibertad de Núñez, pero el juez ha descartado ahora revocárselo, porque considera que "carecería de sentido a estas alturas" que regresara al régimen ordinario, cuando su licenciamiento definitivo está previsto para el 20 de enero del año próximo, de acuerdo con el Código Penal antiguo con que fue juzgado.

En su auto, el magistrado argumenta que el condenado presenta una "trayectoria penitenciaria satisfactoria" y que participa "intensamente en todas las actividades que conforman su programa individual de tratamiento, manteniendo un buen comportamiento" y con una evolución "favorable y positiva".

El juez razona en su auto que Núñez fue condenado por unos hechos acaecidos entre los años 1991 y 1999 y que actualmente se encuentra en "pleno proceso rehabilitador, con una conducta "adaptada" y motivado a seguir con el tratamiento de reinserción que se le aplicó en la cárcel de Quatre Camins en que cumple condena.

Además, el magistrado argumenta que el equipo técnico de Quatre Camins considera "inexistente" la peligrosidad del procesado y bajo el riesgo de que vuelva a delinquir, "sin que se aprecien rasgos de personalidad antisocial".

En opinión del juez, el condenado "presenta factores positivos" que aconsejan mantenerle el tercer grado, como una "conducta adaptada y la ausencia de problemas relacionados con el consumo de tóxicos", además de haber realizado una "reflexión sincera sobre las consecuencias del delito".

Otros elementos que el magistrado ha tenido en cuenta son "la situación de apoyo familiar" y el "importante efecto intimidatorio" de la pena de dos años y dos meses de prisión que se le impuso por el delito de soborno a que ha sido condenado.

El magistrado destaca, de acuerdo con los equipos técnicos, que el interno "ha disfrutado sin incidencias del tiempo" con los contactos que ha tenido fuera de prisión.

El juez añade en su auto que, aunque la concesión del tercer grado a Núñez fue "justificadamente cuestionada", su evolución mientras ha permanecido en régimen abierto "justifica por sí sola la evolución tratamental y, por ende, la desestimación del recurso".