El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) acordó conceder la suspensión cautelar de la sanción de dos años impuesta al jugador brasileño del Celta Everton Giovenella, por dar positivo con nandrolona en un control de dopaje realizado en diciembre de 2004, informó ayer la RFEF.

Apelación desestimó el jueves una primera solicitud de suspensión tras recibir sólo sendos escritos del abogado del jugador y del club, en los que anunciaban la presentación de un recurso sin tramitar simultáneamente el mismo.

Ayer el mismo órgano disciplinario optó por concederla después de que el Celta y el represente legal de Giovanella formularan el recurso y solicitaran a la vez la suspensión cautelar de la sanción recurrida.

El Comité entiende que tanto el expediente de Giovanella, tramitado de forma extraordinaria previamente, como las alegaciones "requieren un estudio ponderado y detenido", que impide "resolver en una reunión ordinaria en la que se revisan infracciones de las reglas de juego o la competición".

Apelación considera también que procede conceder la cautelar dado que la sanción impugnada fue impuesta como consecuencia de una infracción que "vulnera las normas generales deportivas, en las cuales no se plantean las exigencias de inmediatez en su ejecución" como ocurre con las infracciones de las reglas del juego, impuestas a través de un procedimiento ordinario.

El Comité aporta como fundamento jurídico a su decisión la doctrina del Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD) para conceder cautelares, que establece entre sus requisitos la ya mencionada "petición expresa a la interposición del recurso".