«Hemos agotado todas las vías habituales, nuestras alegaciones han sido desestimadas y también nuestro recurso de reposición sin ninguna resolución expresa motivada, generando, en nuestra opinión, indefensión, así que no nos ha quedado otra que ir por la vía judicial», explica a este periódico uno de los fundadores de la asociación Aatomic_Lab, Carles Gispert, quien explica a este periódico que acaban de interponer un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Baleares contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto en enero de 2021 contra la resolución de la presidenta por aquel entonces del IEB, Pilar Costa, por la que se les denegaba una subvención de 9.000 euros de la convocatoria para apoyo a ferias y festivales de 2020.

La asociación sostiene que superó la puntuación para obtener la subvención, pero que en la resolución se les deniega la ayuda «por falta de crédito». Según el Govern, en las bases de la convocatoria publicada en el BOIB se recogía que las ayudas se resolverían por orden de entrada hasta agotar el crédito disponible. Lo del crédito ("fins exhaurir crèdit") sí aparece en la convocatoria, sin embargo, el criterio de orden de entrada no aparece recogido de manera expresa en la convocatoria. Únicamente se cita la cuestión de dicho orden de entrada en el punto 11.9, que se refiere específicamente a la presentación de enmiendas: "En cas que dins l'expedient no hi consti la documentació que es requereix o hi hagi anomalies, la data de presentació de l'esmena estableix l'ordre de prelació per a l'atorgament de la subvenció".

Aatomic_Lab señala también que dichas subvenciones se podrían haber resuelto individualmente por orden de entrada aunque no se hubiera acabado el plazo de presentación. «Se hubiera podido hacer así dado el carácter de urgencia que tenía la convocatoria para proteger el interés general del sector cultural», indican. En el recurso de reposición también subrayaban que ni en la convocatoria ni en sus bases no se especificaba «cómo se ha de distribuir el crédito disponible en caso de que la demanda de ayudas supere el crédito disponible, por eso entendemos que para garantizar el reparto correcto de los fondos entre los diferentes proyectos, respetando de la manera más precisa el principio de igualdad entre los beneficiarios y para una mejor protección del interés general del sector cultural, se debería reducir la cuantía de todas las ayudas en el mismo porcentaje».

En el recurso contencioso-administrativo de ahora se le reclama al IEB el expediente de todo el procedimiento administrativo de la subvención de ferias y festivales citado para poder comprobar las fechas de entrada en el registro de las solicitudes, las fechas de salida de registro de los requerimientos que se hayan hecho y también las de entrada de las enmiendas realizadas.

«Una vez tengamos el expediente administrativo [se ha de remitir en 20 días desde la notificación], podremos formular la demanda correspondiente y continuar con el proceso», relata Gispert, quien también explicó que aún no han podido reunirse con el conseller de Cultura Miquel Company. «Teníamos una reunión con él pero nos la cancelaron una hora y pico antes de la cita por agenda y llevamos mucho tiempo esperando y no nos han dado una nueva fecha», lamenta.

El recurso contra el IEB interpuesto por la asociación Aatomic Lab en la jurisdicción contenciosa-administrativa ha sido admitido a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

El Govern asegura que no ha habido indefensión

«No se ha producido indefensión dado que se ha podido interponer un recurso en vía administrativa, que en cualquier caso se ha de resolver, y, además, recurso contencioso administrativo en la jurisdicción contenciosa administrativa, el cual podrá revisar la actuación administrativa», contestaron desde el IEB. La entidad asegura también que tramitará el expediente administrativo de las ayudas al correspondiente órgano judicial. Desde el IEB aseguraron que todo se resuelve siguiendo lo procedente en derecho.