La conselleria de Cultura ha publicado la convocatoria para la concesión de ayudas por parte del IEB para apoyar a la proyección exterior de las artes visuales de Balears para el año 2019, que aumentan de 225.000 euros hasta los 300.000.

Se incorporan mejoras en las condiciones para los proyectos de promoción exterior, el adelanto del 50% del pago del gasto a partir de los 300 euros y desde el momento que se publica la resolución, y la cláusula de Formentera que establece una puntuación añadida en las valoraciones para las actividades con destino, localización u origen en Formentera o de creadores o colectivos de esta isla.

Como las líneas de literatura, música y artes escénicas, la de artes visuales incrementa de los 225.000 eruos anuales, en 2018, a los 300.000 euros en 2019, y se incorporan a la opción b (actividades de proyección exterior) las prestaciones de traslado, alojamiento y manutención previstas a la opción a (movilidad). Además, los máximos de importes de ayuda aumentan progresivamente en proporción al número de personas desplazadas.

Se establecen dos líneas de subvención:

a) Apoyo a la movilidad de artistas, comisarios y agentes culturales del ámbito de las artes visuales de las Illes Balears.

Se incluyen los gastos derivados del desplazamiento (viaje de ida y vuelta para asistir a la actividad en la que se participa), alojamiento, manutención y las cuotas de inscripción o de acreditación a ferias, festivales, jornadas profesionales y/o residencias de artes visuales. Por proyecto se acepta un máximo de dos técnicos. Los gastos subvencionables son:

- El desplazamiento de carga y de los artistas, comisarios y agentes culturales. Solo se aceptan billetes en clase turista.

- Los gastos de alojamiento, siempre que se puedan justificar con facturas.

- Los gastos de alquiler de vehículos para el desplazamiento.

- El kilometraje en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público, con un precio máximo de 0,240141 euros por kilómetro.

- Las cuotas de inscripción o de acreditación a ferias, festivales y/o jornadas profesionales del ámbito de las artes visuales

- Los gastos de manutención.

b) Apoyo a actividades de proyección exterior del ámbito de las artes visuales.

Se pueden contabilizar e incluir los gastos derivados de:

- La producción de obra vinculada a la actividad de promoción, hasta un máximo de cinco mil euros (5.000 euros), siempre que se pueda justificar con facturas. Solo se subvencionan los gastos de producción de obra de artistas baleares.

- El desplazamiento de artistas, comisarios y agentes culturales de las Illes Balears, hasta los máximos previstos en su punto 4.3. Por proyecto se acepta un máximo de dos técnicos. Solo se aceptan billetes en clase turista.

- Los gastos de manutención.

- El transporte de concentración y dispersión de la obra.

- La póliza.

- El montaje y desmontaje.

- Los gastos de alojamiento, hasta los máximos previstos en su punto 4.3., siempre que se puedan justificar con facturas.

- El alquiler del espacio.

- Las cuotas de acreditación y/o el alquiler del estand a ferias.

- Los honorarios de personas y contratación de servicios profesionales.

- La edición y traducción de material gráfico y de promoción.

- El seguro médico en el caso de residencias de artistas o comisarios.

- El kilometraje, con un precio máximo de 0,240141 euros por kilómetro en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público.