La conselleria de Cultura ha publicado en el BOIB las dos nuevas líneas de ayudas del Institut d'Estudis Baleàrics de apoyo a la proyección exterior tanto de la música y de los músicos, intérpretes y compositores como de las artes escénicas de Balears para el año 2019. Las dos incorporan mejoras en las condiciones para los proyectos de promoción exterior, el adelanto del 50% del pago cuando se publica la resolución a partir de los 300 euros, y la cláusula de Formentera que establece una puntuación añadida en las valoraciones para las actividades con destino, localización u origen en Formentera o de creadores o colectivos de la isla.

Como las líneas de literatura y artes visuales, tanto la de música como la de artes escénicas pasan de los 225.000 euros anuales cada una, en 2018, a los 300.000 euros en 2019, y en ambas se incorporan a la opción b (actividades de proyección exterior) las prestaciones de traslado, alojamiento y manutención previstas a la opción a (movilidad). Además, en ambas líneas, los máximos de importes de ayuda aumentan progresivamente, en proporción al número de personas desplazadas, e incorpora ayudas a grupos numerosos cuando en 2018 solo se preveía esta posibilidad como excepción tan solo para orquestas y corales, y solo en la línea de música.

Música (resolución publicada al BOIB)

Se establecen dos líneas de subvención, las cuales son excluyentes entre sí:

a) Apoyo a la movilidad de los artistas, managers y representantes, editores fonográficos y todos los profesionales del ámbito de la música de las Illes Balears.

Se podrán solicitar ayudas para:

— Traslado y alojamiento de la formación y el personal técnico para actuar en directo fuera de la isla de residencia.

— Traslado y alojamiento de la formación y el personal técnico para asistir a ferias profesionales, con o sin actuación en directo fuera de la isla de residencia.

— Traslado y alojamiento de mánagers, productores o editores fonográficos para asistir a ferias profesionales, con o sin actuación en directo o estand de venta comercial fuera de la isla de residencia.

— Traslado y alojamiento de profesionales del ámbito de la música para participar en estancias de formación y residencias musicales fuera de la isla de residencia.

— Traslado y alojamiento de profesionales del ámbito de la música para participar en concursos y audiciones fuera de la isla de residencia.

b) Apoyo a actividades de proyección exterior de la música y de los músicos, intérpretes y compositores de las Illes Balears.

Se pueden solicitar ayudas para:

— Traslados y alojamiento de la formación y el personal técnico para actuar en directo fuera de la isla de residencia o participar en ferias profesionales.

— Producción de materiales gráficos, fonográficos y audiovisuales de apoyo a giras, actuaciones en directo y presencia a ferias profesionales.

— Contratación de servicios profesionales de producción, personal artístico y técnico, de comunicación, etc. para giras y actuaciones en directo.

Se pueden contabilizar e incluir los gastos derivados de:

— La producción de elementos gráficos, audiovisuales y fonográficos.

— La edición y la traducción de material gráfico.

— Los honorarios de personas y contratación de servicios profesionales, artísticos y técnicos.

— El alquiler de equipaciones.

— El alquiler de estands a ferias profesionales.

— La acreditación a ferias profesionales.

— Los gastos de alojamiento, con los máximos estipulados, siempre que se puedan justificar con facturas.

— El kilometraje en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público.

Artes escénicas (resolución publicada al BOIB)

a) Apoyo a actividades de proyección exterior de las artes escénicas baleares por parte de personas físicas, colectivos, asociaciones u otras personas jurídicas sin ánimo de lucro vinculadas a las artes escénicas de las Illes Balears, que se concreten en las actividades siguientes:

· Desplazamiento y estancia de la compañía (personal artístico y técnico) para actuar en directo fuera de la isla de residencia.

· Desplazamiento y estancia de la compañía (personal artístico y técnico) para asistir a ferias profesionales fuera de la isla de residencia, con o sin actuación en directo.

· Desplazamiento y estancia de distribuidores, productores y agentes culturales para asistir a ferias profesionales o festivales con actividades profesionales fuera de la isla de residencia.

· Desplazamiento y estancia de profesionales del ámbito de las artes escénicas para participar en estancias de formación y residencias creativas

b) Apoyo a actividades de proyección exterior de las artes escénicas baleares y asistencia a ferias, festivales y jornadas de formación por parte de estructuras profesionales de las artes escénicas vinculadas a las artes escénicas de las Illes Balears, que se concreten en las actividades siguientes:

· Desplazamiento y estancia de la compañía (personal artístico y técnico) para actuar en directo fuera de la isla de residencia.

· Desplazamiento y estancia de la compañía (personal artístico y técnico) para asistir a ferias profesionales fuera de la isla de residencia, con o sin actuación en directo.

· Desplazamiento y estancia de distribuidores, productores y agentes culturales para asistir a ferias profesionales o festivales con actividades profesionales fuera de la isla de residencia.

· Desplazamiento y estancia de profesionales del ámbito de las artes escénicas para participar en estancias de formación y residencias creativas.

· Organización de presentaciones de proyectos y actuaciones en directo.

· Giras en circuitos nacionales e internacionales.

· Producción de material gráfico o audiovisual asociado a la promoción exterior.

· Traducción de textos y la producción de archivos para subtitulado.

· Alquiler de material técnico para el subtitulado.

· Gastos derivados de los ensayos para una actuación en otra lengua diferente del original.

· Producción de material gráfico en una lengua diferente del original.

· Material promocional en cualquier formato.