sociedad
Anulan el despido de una embarazada en aplicación de la ley de Igualdad
Efe. Madrid.
El titular del juzgado de lo Social número 31 de Madrid, Ricardo Bodas ha aplicado la Ley de Igualdad para declarar nulo el despido de una empleada de hogar embarazada al considerar que se discriminó "directamente" a la mujer por estar encinta. Según la sentencia, la mujer denunció a su empleadora al estimar que la causa de su despido fue "exclusivamente" por su condición de embarazada mientras que ésta sostuvo durante el interrogatorio que lo hizo por "la imposibilidad" por parte de la demandante de compatibilizar horarios.
Además, la empleadora sostuvo que la mujer a la que despidió, quien trabajó para ella desde 2005 hasta diciembre de 2007, firmó un finiquito, por la cantidad de 899,74 euros, y consideró que "le liberaba de cualquier reclamación".
En este sentido, el juez asegura que el documento "no puede tener valor liberatorio al ser impensable que la demandante consintiera libremente extinguir su contrato por unas cantidades muy inferiores a las que le correspondería percibir".
Aunque la demandante también apeló al Real Decreto 1424/1985, por el que se regula la relación del carácter especial del servicio del hogar familiar, que entiende que ésta "se basa en la confianza y cuando se quiebra, por la razones que sea no se puede imponer su pervivencia", el juez, sin embargo, aplica la Ley de Igualdad. La sentencia afirma que dicha Ley establece "expresamente que constituye discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad, pareciendo, evidente, a juicio de este juzgado que las normas que garantizan la igualdad de todos los españoles, debe incluir necesariamente a las empleadas de hogar".
Asimismo, el juez recoge en la resolución que el artículo 10 de la norma dicta que "los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán nulos y sin efecto".
El juez considera probado que la empleadora despidió a la demandante a sabiendas de su embarazo, "sin que concurriera ninguna infracción disciplinaria por parte de la empleada". Así, el titular del juzgado madrileño declara nulo el despido, y obliga a la demandada a readmitirla.
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