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Ruta de sa pedra en sec

Ruta de sa pedra en sec

Hace unos meses se aprobó el "Plan especial de la ruta de sa pedra en sec", donde se promueve y se pretende que por los caminos de herradura de la Serra de Tramuntana puedan transitar bicicletas, clasificándolos en uso A/B en más de un 90% y el resto en C que no permite el paso de las mismas, lo que conllevaría los siguientes efectos:

1. Degradación del camino y elementos anexos, con aumento de la erosión y degradación producida por las ruedas, cada día más gruesas y pesadas, que podría afectar a empedrados, escalones, "eixugadors", pluviales, marjales y otros elementos de interés etnológico que son parte de nuestro patrimonio popular.

2. Aumento del tránsito que obviamente perjudicaría a los senderistas a pie y a caballo, debido a la velocidad y prepotencia de las bicicletas con los primeros, junto a la estrechez de los caminos en muchos tramos y el consiguiente aumento de la peligrosidad. Además al pasar por fincas privadas, los ciclistas campan por los caminos o senderos que ellos escogen, sean o no públicos y estén o no señalizados (l´Ofre, Balitx, Bini, Tomir, etc).

3. Aumento de la degradación ambiental. Actualmente caminos como el de sa Costera, s´Arxiduc, des Correu, Coanegra, etc., y muchos tramos de la GR221 están francamente sucios y muy deteriorados.

4. El criterio seguido en el PERPS para incluir las bicicletas en caminos de herradura de la sierra es que son vehículos sin motor. A nuestro parecer por dichos caminos nunca ha pasado, en la historia, ninguna rueda; solo caminantes y animales con alforjas, que se sepa no existen civeres o parihuelas con ruedas. Estos caminos no fueron concebidos para vehículos rodados, por tal cosa su autorización puede producir un daño irreversible, añadido al mal estado en que ya se encuentran. Recordamos que ya existen bicicletas con motores eléctricos, otras de aprovechamiento cinético y cada día las ruedas son más grandes. En un futuro vaya usted a saber; es sorprendente la falta de previsión por parte de los técnicos del Consell de Mallorca al respecto.

5. La misma memoria del proyecto del PERPS en su página 30, define el camino de herradura como "camí que per la seva amplària sols permet el pas de persones i bísties, amb risc d´erosió i/o degradació del ferm i elements annexos per a usos inadequats i proposa limitar l´accés a vehicles inadequats". Para nosotros las bicicletas lo son. Igualmente en el punto 10.2.1 de la misma, en sus condiciones de uso, promulga la RPS como itinerario senderista y que la marcha a pie será su uso principal, junto al cumplimiento estricto del control de la fragilidad de la misma. En el punto de la memoria 2.2.5.7 también define que el uso es senderista, nunca habla de vehículos sin motor. En el 3, referido a los objetivos, insta a garantizar la seguridad de los viandantes y establecer normas de protección del patrimonio viario, lo que con bicicletas es imposible cumplir.

Referidos a la normativa del PERPS podemos observar posibles deficiencias y/o contradicciones con la memoria, condiciones de uso y gestión:

Artículo 7: En caso de duda debe prevalecer la solución más favorable a la mayor protección del camino y medio natural. Obviamente no sucede en los caminos de herradura.

Artículo 8: Con carácter general la circulación de la RPS será a pie. Recordamos como ejemplo, que en la variante E, sa Costera, los 34,620 kilómetros de su recorrido se clasifican en A/B, por lo que se pretende autorizar el paso de bicicletas en su totalidad, menos el acceso a sa Fábrica de sa Costera y la Mola de Tuent que son hijuelos de la misma, de corto recorrido y clasificados C. Tampoco se cumple.

Artículo 10: Define el camino de herradura solo para personas y animales. Otra vez la normativa no se cumple.

Artículo 24: Referente a la vigilancia, inspección y sanciones. La vigilancia es inexistente en la actualidad, a pesar de la predisposición de los Agentes de Medio Ambiente, que son una mínima expresión, la Guardia Civil y el SEPRONA es puntual.

Concluimos, por tanto, que el plan se contradice en el uso de los caminos de herradura. Es insólito pretender transformar casi todos los caminos de herradura, a pie y caballo desde siempre, en transitables para bicis, por los problemas anteriormente expuestos. Desde aquí consideramos que su clasificación de uso debería ser C (alta), salvo excepciones después de un lógico y profundo estudio. Y es que no se trata de prohibir la bicicleta de montaña, sino de regular con tino y equidad esta actividad por parte de los ayuntamientos y el Consell de Mallorca, de acuerdo con los propietarios de las fincas; así se podrían conseguir itinerarios exclusivos, entre otros compartidos pero controlados, que tengan tramos de camino de carro, sin escalones ni empedrados susceptibles de ser dañados, etc., así también se evitarían las molestias a los caminantes, que según el proyecto son prioritarios.

Tratándose de la ruta de sa pedra en sec, sería conveniente que se replanteara el proyecto para poder evitar la masificación y deterioro de la misma que es una zona paradigmática, patrimonio de la humanidad; ya hemos destrozado la costa y al parecer ahora toca la Serra de Tramuntana.

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