La fiscalía pide dos años y medio de prisión para una joven acusada de acceder sin permiso al correo electrónico de su exnovio. La mujer alegó durante el juicio celebrado ayer en Palma que lo hizo por error al tener una sesión abierta de la cuenta en su teléfono móvil, ya que en una ocasión el denunciante le dio la contraseña para entrar e imprimir un documento. El perjudicado negó este extremo.

Los hechos se remontan al 15 de octubre de 2016, poco después de que la pareja rompiera su relación tras un supuesto caso de violencia machista. Ese día, el hombre recibió una alerta porque se había registrado una entrada sospechosa en su cuenta de correo. El afectado acudió entonces a la Policía y presentó una denuncia.

Los agentes encargados del caso, según relataron ayer en el juicio, identificaron la IP desde la que se había producido el acceso ilícito. A través de la compañía telefónica, identificaron al titular de la línea de Internet, que resultó ser el padre de la expareja del perjudicado. Los agentes acabaron identificado a la joven como la persona que había entrado en la cuenta a través de su teléfono, conectado al router del domicilio de sus padres. Los policías explicaron que solo detectaron un acceso por parte de la sospechosa.

La acusada admitió ayer durante la vista que entró en la cuenta de su exnovio, pero dijo que fue por error. Según su versión, en una ocasión, cuando todavía eran pareja, él le dio la clave para acceder e imprimir unos pasajes para un viaje. La sesión se quedó abierta en su teléfono móvil y de ahí que accediera de nuevo. Según la mujer, su relación con el denunciante se cortó tras un episodio de malos tratos y ella se instaló de nuevo con sus padres.

El hombre negó durante su interrogatorio haberle facilitado jamás la clave y reconoció que no ha sufrido ningún perjuicio.

La fiscalía considera a la acusada autora de un delito contra la intimidad por el que pide 30 meses de prisión. La acusación particular se ha adherido a esta reclamación, mientras la defensa reclama la absolución al entender que no hubo ni dolo ni perjuicio en la actuación de la procesada.