La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 19 años de prisión impuesta a D.U. por el asesinato de su esposa en la playa de Son Bauló de Can Picafort ocurrido en marzo de 2014.

La sentencia condenatoria recoge que el matrimonio acudió a la playa la noche del 7 de marzo de 2014, ambos se metieron en el agua y al volver a la orilla forcejearon y ella quedó semiinconsciente. Después, él cogió una piedra y le dio un golpe fuerte en la sien derecha, tapándole la boca y la nariz con la mano hasta que la mujer murió por insuficiencia respiratoria. El condenado, según el relato declarado probado, quería causar la muerte de su esposa y para asegurarse de que lo conseguía la agredió cuando sabía que ella no podía defenderse.

El Tribunal Supremo concluye en su sentencia que la intervención que en los hechos probados se atribuye al acusado y la consecuente declaración de culpabilidad que en ellos se asienta, "se ha sustentado en prueba legalmente obtenida y practicada, de contenido incriminatorio bastante y suficiente y racionalmente valorada, por lo que no puede entenderse vulnerada la presunción de inocencia que a aquél ampara".

La sala de lo penal desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears, que a su vez confirmó la condena que le impuso un tribunal del jurado de la Audiencia de Palma por asesinato, con la agravante de parentesco. Además de la citada pena de prisión, condenó a D.U. a que, como responsable civil, indemnizara con 12.000 euros a la madre de su esposa, que reside en Bulgaria.

En el recurso, la defensa negó la existencia de pruebas suficientes para sustentar un fallo condenatorio, y en especial respecto al actuar alevoso que se atribuye al condenado, así como que los indicios en los que se ha basado su condena no son unívocos ni están suficientemente probados.