El turbulento proceso de divorcio de una pareja de extranjeros afincados en Palma acabó en 'pornovenganza'. Para perjudicar a su exmujer, el hombre accedió a la página de Internet en la que ella ofrecía sus servicios como masajista. Colgó fotos sexuales de ella, puso su nombre real, cambió las claves de acceso, subió los precios y modificó los datos de contacto para que perdiera clientes. Un juzagdo de lo penal le declaró autor de un delito de coacciones leves, pero la Audiencia Provincial, que da estos hechos por probados, considera que en la sentencia se incluían acusaciones que la fiscalía no planteó y lo absuelve.

El caso se remonta a principios de 2016, cuando el matrimonio se rompió y comenzó un litigio por el divorcio. La mujer gestionaba, administraba y pagaba una web en la que ofrecía sus servicios como masajista, pero era él quien figuraba como titular de la página. Aprovechó esta circunstancia para hacerse con el control de la web y colgó en ella imágenes sexuales de su exmujer y otras personas. También quiso arruinarle el negocio, cambiando los datos de contacto y elevando los precios de los diferentes servicios, y modificó las claves de acceso para que no pudiera deshacer estos cambios.

La víctima denunció lo ocurrido y un juzgado de violencia sobre la mujer impuso al hombre una orden de alejamiento a finales de marzo de 2016. Sin embargo, tres semanas después el acusado entregó las nuevas claves y la mujer recuperó el control. La pareja acabó llegando a un acuerdo y al firmar el convenio regulador de su divorcio ella se comprometió a retirar la denuncia.

El caso, sin embargo, llegó a juicio impulsado por la fiscalía. El juzgado de lo penal acabó considerando al hombre autor de un delito de coacciones leves en el ámbito familiar y le impuso 70 días de trabajos en beneficio de la comunidad y un orden de alejamiento de su expareja durante un año y medio.

Revelación de secretos

El acusado recurrió. A su entender, el relato de hechos probados de la sentencia incluía aspectos que la fiscalía no había planteado en su escrito de conclusiones. Entre otros, que había chantajeado a su exmujer, condicionando la devolución de las claves de la web a que aceptara determinadas cuestiones en su proceso de divorcio, que le enviara fotos de un perro que habían tenido durante su convivencia o que le devolviera sus pertenencias.

El tribunal de la sección segunda le ha dado ahora la razón. Los magistrados consideran que el chantaje -y en consecuencia las coacciones- no puede darse por probado, ya que el ministerio público no lo incluyó en su relato, y que el juez de lo penal se excedió en sus consideraciones para justificar la condena. Aunque absuelve al hombre, la Audiencia apunta que su conducta podría ser constitutiva de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, del que también sale airoso porque no fue acusado por ello.