La Audiencia de Palma ha archivado el procedimiento penal del Sorrento, el buque que ardió el pasado 28 de abril de 2015 cuando navegaba a 18 millas de sa Dragonera con 157 personas y 135 vehículos a bordo, la mayoría camiones, al no hallar indicios de delito en el fuego. El tribunal de la sección primera ha confirmado en su integridad el auto del juzgado de instrucción número 8 de Palma, que acordó el sobreseimiento provisional de la causa.

La sala, tras analizar el informe definitivo de la Policía Judicial de la Guardia Civil, destaca que comparte el criterio del magistrado instructor cuando estima que no se detecta "ningún indicador de culpa relevante". El voraz incendio que quemó la nave, de 186 metros de eslora y que cubría la ruta entre Palma y Valencia, se debió a un fallo eléctrico, si bien los peritos no han podido precisar el origen exacto. Por tanto, según la Audiencia, no es posible conectar las causas del fuego y los daños millonarios que provocó con ninguna infracción de norma de cuidado. Este dato resulta imprescindible para hablar de imprudencia penalmente relevante. Así pues, no hay indicios de ningún delito.

Además, el tribunal detalla que a esta conclusión no se llega de forma precipitada, sino que responde al contenido del informe elaborado por los peritos tras estudiar, no solo el aspecto técnico relativo a la etiología del incendio, sino también tomando declaración a los responsables del buque, miembros de la tripulación y pasajeros que fueron testigos de los hechos, así como al conductor del camión frigorífico en el que empezaron las llamas en la cubierta número 4 del Sorrento.Sorrento

La Audiencia de Palma recuerda que cuando el juez instructor resolvió el recurso de reforma y mantuvo el archivo del caso, ya contaba con el informe policial definitivo, que confirmaba el diagnóstico inicial de que el incendio fue accidental. Los técnicos concluyeron que el fuego tuvo "un único foco" considerado como primario y situaron el punto de origen en la parte posterior de la cabeza tractora de un camión y la parte anterior del remolque frigorífico, concretamente a la altura de la toma de conexión que alimenta el refrigerador y la manguera que suministra energía eléctrica del circuito del barco.

Incendio accidental

Los peritos consideraron que la energía eléctrica fue suficiente como fuente de ignición para desatar las primeras llamas. Y, en cuanto a la etiología del incendio, si bien determinaron que fue accidental porque descartaron "totalmente" la intencionalidad en el fuego, al no poder establecer de forma categórica las causas concretas que lo originaron, optaron por considerarlo "indeterminado o no concluyente".

Así pues, el informe de los técnicos rechaza que se trate de un incendio o daños dolosos, por lo que la única posibilidad es que se tipificaran los hechos como daños por imprudencia en cuantía superior a 80.000 euros, conducta que para ser penalmente relevante requiere que la imprudencia sea grave. Y, en este caso, tampoco puede prosperar al no haberse establecido el origen exacto del fuego ni que haya negligencia.

La Audiencia respalda al instructor y recalca que su decisión de cerrar el caso no fue prematura. El tribunal también hace referencia al centenar de perjudicados, entre pasajeros y transportistas, quienes sufrieron pérdidas millonarias tras el incendio al quedarse sin sus camiones, para muchos su único medio de vida. La sala indica que los afectados podrán reclamar los perjuicios ante la jurisdicción civil y recuerda que el principio de intervención mínima que rige en derecho penal implica que solo podrán ser objeto de esta rama del derecho los comportamientos recogidos en el Código Penal. En este caso, los hechos investigados no son penalmente relevantes, según ratifica la Audiencia.

Varios abogados también han interpuesto demandas por la vía mercantil en Palma. El proceso se prevé muy largo y complejo, ya que, al no existir una asociación que aglutine a los perjudicados, ahora se están acumulando las demandas individuales de los perjudicados en un juzgado.

La naviera italiana Grimaldi, propietaria del ferry Sorrento, que acabó en Turquía para ser desguazado, ha pedido que se acumulen los procedimientos. En cambio, Acciona Trasmediterranea, que operaba la embarcación cuando se incendió, se opone a la acumulación de demandas al considerar que un macrojuicio le perjudicaría. La primera sentencia puede tardar mucho en un litigio complejo con las navieras.