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Tribunales

El Supremo rechaza repetir el juicio por degollar a un joven con una botella en Gomila

El Alto Tribunal anula la sentencia del TSJB y avala la condena del jurado de dos años y medio de cárcel por homicidio imprudente

El condenado por el crimen de Gomila, Emerson M.H., de 37 años, durante el juicio en Palma. guillem bosch

El Tribunal Supremo ha rechazado repetir el juicio contra Emerson M.H. por degollar a un joven con una botella rota en Gomila en la Nochebuena de 2015. El Alto Tribunal ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) del 7 de diciembre de 2016 que declaraba nulo el veredicto del jurado al considerar que no estaba fundamentado y razonado y, por este motivo, ordenaba la celebración de una nueva vista oral con otros miembros del jurado y otro magistrado presidente. El Supremo ahora desestima esta resolución y avala el veredicto del tribunal popular, que concluyó que el acusado no tenía intención de matar a la víctima cuando le clavó el cristal en el cuello. En consecuencia, el agresor fue declarado autor de un delito de homicidio imprudente con las atenuantes de confesión, reparación del daño y legítima defensa putativa y condenado a dos años y cinco meses de prisión.

El Alto Tribunal ha dado la razón al letrado defensor Alberto García Carpallo y ha estimado el recurso de casación interpuesto. El abogado alegó que tanto el razonamiento del jurado, como la sentencia del magistrado presidente, se encontraban suficientemente motivados y amparados por razonamientos lógicos y cabales cuando llegaron a la convicción de que Emerson M.H., de 37 años y origen colombiano, no albergaba intención de matar a su contrincante, Michael Andrés T.M., compatriota de 26 años.

Una vez anulada la sentencia de apelación del TSJB, el Supremo ordena devolverle la causa para que, "desde el respeto absoluto a unos hechos probados que reflejan -en los términos que se han descrito- la intencionalidad de la agresión y el fatal fallecimiento del agredido", resuelva el segundo de los motivos por el que se interpuso en su día el recurso de apelación contra el primer fallo dictado el 22 de septiembre de 2016 por la Audiencia de Palma.

El Alto Tribunal respalda así el criterio del jurado: "El posicionamiento del jurado se ajusta así a lo que ya hemos expresado en numerosas resoluciones de esta Sala, pues por más que se trate de un caso límite, no es menos cierto que difícilmente puede verse en la actuación descrita del acusado la intención cierta e inequívoca de dar muerte a Michael Andrés, razón que justifica que deba mantenerse el criterio del tribunal del jurado que, en cuanto a tribunal de instancia y con el ejercicio de inmediación que proporciona la celebración del plenario, se encontraba en las mejores condiciones de apreciar todos los elementos de donde deducir el ánimo que guiaba al acusado".

El Supremo analiza el caso y detalla que la afirmación del TSJB de que para que un órgano de enjuiciamiento pueda excluir la concurrencia del ánimo de matar no basta con que el acusado niegue la intención y con que el juzgador vea una grabación de lo acontecido "carece de cualquier soporte legal o lógico". Según destaca esta última sentencia, no se trata de que el acusado demuestre su inocencia, sino que estos elementos probatorios han llevado al jurado a dudar sobre la concurrencia de una intención que debe probar la acusación. Además, la declaración del acusado es igualmente hábil para acreditar elementos de cargo como de descargo. Y, en este caso, esas aseveraciones se respaldan con otros elementos probatorios, sin que pueda encontrarse "un mejor elemento de evaluación de lo acontecido que una grabación videográfica del momento concreto" de la agresión.

Así, el jurado concluyó que no había pruebas de que el acusado tuviera intención de matar a la víctima, no solo por la reiterada negación de Emerson, sino por la plural declaración testifical de todo lo que aconteció aquella noche, además del vídeo que filmó el momento en el que le hirió mortalmente con la botella rota.

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