­La Audiencia Provincial de Palma repite hoy el juicio a un hombre que aceptó 14 años y tres meses de cárcel tras admitir que en 1996 abusó varias veces de la sobrina de su pareja. El Tribunal Supremo anuló el fallo por considerar que, basándose solo en la confesión del procesado, quien denunció presiones de la fiscalía y su propio abogado para admitir los hechos y pactar, fue contraria a la ley. Según la resolución, "la sentencia dictada es de conformidad, aunque se pretenda revestir de una cobertura diferente, utilizando una práctica contraria a la ley para dotar de apariencia legal a una conformidad encubierta", ya que el caso no reunían los requisitos necesarios para este tipo de sentencia.

El acusado fue declarado por la Audiencia autor de un delito de agresión sexual por forzar a una niña de cuatro años a practicarle felaciones y penetrarla analmente en la segunda mitad de 1996. El hombre reconoció los hechos ante el tribunal y aceptó 14 años y tres meses de cárcel.

Sin embargo, recurrió la condena. Alegó que el mismo día del juicio recibió presiones de su letrado y la fiscal para admitir los hechos y firmar la conformidad. Siempre se había declarado inocente y aceptó, según dijo, por miedo a no ser defendido correctamente.

El Supremo revisó el caso y concluyó que la sentencia de conformidad dictada tras el juicio no era válida porque se superaba el límite máximo punitivo para este tipo de fallos, que es de seis años de cárcel. El alto tribunal reprochó que, al margen del reconocimiento de los hechos, no se practicara ninguna otra prueba durante la vista, por lo se trató de un trámite propio de una conformidad, "encubierta en un aparente juicio oral" y ordenó repetir la vista con tres magistrados diferentes.