La Audiencia Provincial ha revocado la sentencia que condenó a medio año de cárcel a un payés de Costitx por tener un burro atado al sol, en pleno verano y con heridas en el hocico. El tribunal considera que hubo dejadez en la actuación del acusado y que el trato que dio al animal no fue digno ni respetuoso con sus derechos, pero concluye que no puede considerarse delictivo. Así, los magistrados optan por remitir la resolución al Govern para que incoe un expediente sancionador.

Un juzgado de lo penal consideró al hombre autor de un delito de maltrato de animal doméstico y le impuso seis meses de prisión y la inhabilitación para tener animales a su cargo durante dos años. La juez consideró probado que el payés tenía en una de sus fincas un burro atado, con escasez de alimento, obligado a pasar horas a pleno sol, sin agua fresca y con graves heridas en el hocico causadas por el arnés que lo sujetaba. La situación del animal fue descubierta por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil tras una llamada anónima en septiembre de 2014 y el animal fue trasladado a la Fundació Natura Parc. La sentencia ordenó al condenado a indemnizar a esta entidad con 412 euros por las atenciones que prestó al burro.

La sección segunda de la Audiencia Provincial ha estimado ahora el recurso del condenado y le absuelve. El tribunal argumenta que el animal estaba atado para evitar que se escapara, ya que la finca no está vallada, y resalta que la cuerda tenía la longitud suficiente para permitirle pastar y acceder al bidón de agua. El burro no recibía otra alimentación que los pastos del campo en el que se encontraba, pero la Audiencia destaca que no quedó probado que estuviera desnutrido.

Respecto a las heridas en el hocico, el tribunal considera que no suponían un menoscabo grave de su salud y que el payés no pretendía dar un trato cruel al burro, puesto que le aplicó algunas curas con aceite de oliva, aunque insuficientes para evitar una infección.

La Audiencia rechaza así que la actuación del acusado pueda ser considerada delictiva. Sin embargo, sostiene que actuó con dejadez en el manejo, cuidado y atención del animal y no le dispensó un trato digno. Por ello, considera que merece un reproche y debe ser objeto de sanción por la vía administrativa por incumplir la normativa reguladora sobre protección de animales y acuerda remitir la sentencia a la conselleria para que abra un expediente sancionador.