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Tribunales

Archivan la causa de la psicóloga de la cárcel por inducción al suicidio

El juez instructor concluye que las malas maneras de la profesional no constituyen un hecho delictivo

El magistrado ha acordado el sobreseimiento provisional del caso de la psicóloga de la prisión.

Un juzgado de Palma ha archivado la causa de la psicóloga de la cárcel de la ciudad, investigada por inducción al suicidio y por un delito contra la integridad moral cometido por funcionario público sobre varios reclusos, al considerar que los hechos no tienen relevancia penal. El magistrado ha acordado el sobreseimiento provisional del caso y ha denegado las pruebas solicitadas al entender que son suficientes las ya practicadas tras concluir que la actuación de la profesional no constituye ningún delito. Pese a ello, el juez reconoce en el auto las malas maneras de la denunciada y que en algunas reuniones profesionales con los internos realizó "expresiones o manifestaciones que no pueden calificarse de amables".

El magistrado da la razón al letrado defensor Gaspar Oliver, quien solicitó el archivo de las actuaciones, a lo que se adhirió el ministerio fiscal. En cambio, la acusación particular, ejercida por la asociación Equipo 25.2, en defensa de los derechos de los presos, impugnó la petición y ha recurrido el sobreseimiento ante la Audiencia de Palma.

El juez, tras llevar a cabo varias diligencias como tomar declaración a los cuatro reclusos denunciantes, a la psicóloga investigada e incluso el director de la prisión de Palma, resuelve que los hechos no son delito. Según concluye el auto, "el realizar una entrevista en los pasillos y no en el despacho, el dar por finalizada una entrevista de manera brusca o la posibilidad de decir que en un sueño ha visto al interno muerto en una cuneta y sigue consumiendo droga. Estas frases por sí solas u otras similares no pueden ser tenidas ni como un maltrato de alcance penal a los internos ni como una inducción al suicidio, esta última necesita persistencia y el maltrato necesita también actos más groseros o dolosos".

El magistrado detalla que de las testificales de los denunciantes, cuatro presos, se desprende que la investigada trabaja como psicóloga en el centro penitenciario de Palma, donde trata a los internos. Según se constata, en algunas de las reuniones profesionales, la denunciada realizó expresiones o manifestaciones que no pueden calificarse de amables y sin las formas adecuadas, referentes al lugar de la entrevista, "pero todo ello no alcanza mayor relevancia que la de la fama profesional de la denunciada y en su caso la posibilidad de expedientes administrativos".

Además, el auto destaca la declaración testifical del director de la cárcel, plenamente convincente, quien alegó que se enteró de cierta problemática con la psicóloga por los requerimientos de informe del juzgado de vigilancia penitenciaria. Según él, a raíz de ello, se entrevistó con los internos y con la profesional en verano de 2013 y desde entonces disminuyeron las protestas, sin que tuviera que realizar ningún expediente ni sanción disciplinaria a la denunciada porque de lo que le relataron los internos entendió que no existía suficiente causa para formalizar expediente alguno. Según dijo, la psicóloga, de excelente desarrollo profesional, pecaba algunas veces de malas maneras con los presos, pero no pasaban de pequeños lances desafortunados.

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