El delegado en Palma de una empresa de seguridad ha sido condenado a un año de prisión por falsear la firma de un empleado para echarle del puesto. La sentencia considera probado que el acusado, un policía jubilado de 55 años, simuló la rúbrica en un documento en el que la víctima renunciaba al trabajo cuatro días después de sufrir una dolencia en el codo que conllevó una baja médica de larga duración. El falso certificado llegó a ser presentado como prueba en un juzgado de lo social cuando el trabajador demandó a la compañía por despido improcedente.

Los hechos se remontan a hace ahora tres años, cuando el trabajador comenzó a sufrir una dolencia en el codo y el médico le dio la baja laboral el 25 de enero de 2008. El informe anunciaba que el empleado, que ejercía como vigilante de seguridad, no podría trabajar durante varios meses. Según contó la víctima durante el juicio, cuatro días después le comunicaron que estaba despedido y a principios de febrero fue dado de baja en la Seguridad Social.

El vigilante presentó un mes después una demanda por despido improcedente en un juzgado de lo social. La empresa aportó, durante el juicio por el despido, un documento fechado el 29 de enero de 2008 y con la firma del trabajador en la que pedía la baja voluntaria por motivos personales, documento que según el empleado, había sido falsificado.

La víctima acudió tras la vista, en junio de 2008, a un juzgado de instrucción de Palma para denunciar a su exjefe por falsedad documental. El exjefe de la víctima fue procesado por haber falseado la firma, aunque negó en todo momento la acusación. Según el relato que ofreció durante el juicio, el trabajador le comunicó que quería dejar la empresa porque había conseguido otro empleo. El hombre reconoció que había redactado el documento, pero afirmó que lo había firmado su antiguo empleado.

Prueba caligráfica

El juzgado pidió a la Policía Científica que llevara a cabo una prueba caligráfica para determinar si la firma había sido estampada por el trabajador. El agente que analizó la rúbrica concluyó que no y aseguró que los trazos delataban que había sido imitada. Aunque no podía saber quién lo había hecho, sí afirmó que el documento había sido redactado en dos momentos diferentes pero por la misma persona.

El juez concluye en la sentencia que, pese a no existir pruebas directas para atribuir al acusado la autoría de la firma, si puede concluirse que fue él quien falseó la rúbrica. El magistrado se apoya en el hecho de que el procesado reconociera haber redactado parte del documento y en que lo tuvo en todo momento a su disposición, siendo el único en la empresa que tenía potestad para gestionar contrataciones y despidos. Fue el acusado quien lo envió a la sede central de la empresa en Madrid y se lo entregó al letrado de la compañía para el proceso por despido improcedente y además, indica el juez, no ha podido aportar justificante de que el trabajador recibiera el finiquito.

La sentencia considera al hombre autor de un delito de falsedad en documento oficial y le impone una pena de un año de prisión y una multa de 1440 euros. El fallo no atiende la petición de la víctima de ser indemnizado con 6.000 euros, ya que el juez entiende que esa indemnización corresponde otorgarla al juzgado en el que se presentó la demanda por despido improcedente.