­Joaquín Vidal Avellaneda, el hombre que fue condenado a 22 años de prisión por quemar viva, junto a su hermano, a una vendedora de cupones en Capdepera en 1996 para robarle 100.000 pesetas, seguirá en prisión. El Tribunal Supremo ha rechazado limitar su condena a 20 años, tal y como reclamaba su defensa, lo que le habría permitido ya acceder al tercer grado penitenciario.

El asesinato de María Nicolau, una mujer de 29 años que se dedicaba a vender cupones de la ONCE, conmocionó a Capdepera en 1996. La víctima, que tenía cinco hijos, desapareció el 10 de septiembre de aquel año. La búsqueda se prolongó durante diez días hasta que su cadáver apareció calcinado en el vertedero de la localidad.

Golpeada y quemada

La Guardia Civil, que pronto se centró en el robo como móvil del crimen, detuvo pocas horas después a los hermanos Joaquín y Domingo Vidal Avellaneda, dos toxicómanos con un amplio historial delictivo, y a un sobrino de estos como autores del asesinato. Todos ellos confesaron que habían planeado robar a la mujer y que, tras llevarla engañada a un descampado próximo al vertedero, la golpearon, la rociaron con gasolina y le prendieron fuego. Los acusados se desdijeron después y proclamaron su inocencia.

Un jurado popular declaró culpables en 1998 a los dos hermanos, pues el otro implicado falleció antes del juicio. La Audiencia Provincial impuso 22 años de cárcel a Joaquín Vidal –19 por asesinato y tres por robo– y otros 18 a Domingo por los mismos delitos, sentencia que confirmó el Tribunal Supremo.

Tras pasar tres lustros en prisión, Joaquín Vidal pidió a finales de 2009 que su condena quedara limitada a 20 años de prisión, lo que abría la posibilidad de que el recluso, tras haber cumplido dos tercios de la condena, pudiera acceder al tercer grado penitenciario. Su defensa alegó que el Código Penal establece en 20 años, por norma general, el límite máximo de cumplimiento efectivo de condena. Aunque la Audiencia Provincial desestimó la solicitud, el letrado elevó su petición al Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal ha inadmitido el recurso al entender que Joaquín Avellaneda no puede acogerse a esta limitación, pues su condena por asesinato no le permite acogerse a ella. El Supremo se basa en una de las cuatro excepciones que contempla la ley para limitar a 20 años el tiempo máximo de condena.

Tercer grado

El auto del tribunal explica que dado que Joaquín Avellaneda fue condenado por un delito que puede ser penado con más de 20 años de prisión –el asesinato–, el límite máximo para él se eleva a los 25 años. Este fallo evita que el recluso pueda solicitar ya el tercer grado penitenciario.