La mujer, madre de tres hijos, había intentado quitarse la vida varias veces con anterioridad

Condenado el Govern por la muerte de una enferma del Psiquiátrico que se suicidó

El tribunal entiende que la paciente, que logró fugarse del centro, necesitaba vigilancia constante

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La paciente estuvo varios años ingresada en el Hospital Psiquiátrico con intentos de suicidio.
La paciente estuvo varios años ingresada en el Hospital Psiquiátrico con intentos de suicidio.  Foto: J.F.M

J. F. MESTRE. PALMA. La conselleria de Sanitat del Govern balear ha sido condenada por la muerte de una mujer ingresada en el Hospital Psiquiátrico de Palma que se escapó del centro médico y se suicidó. El Tribunal Superior de Justicia de Balears responsabiliza de esta muerte a la administración sanitaria porque incumplió su obligación de vigilar a la paciente. Sin embargo, los jueces determinan también la culpa de la propia víctima y, por ello, reducen a la mitad la indemnización. Aún así, el Govern tendrá que abonar 31.727 euros a los tres hijos de la fallecida. En el momento de producirse estos hechos uno de los descendientes era menor de edad.
La paciente inició sus ingresos en el Psiquiátrico en el año 1995. Los médicos le diagnosticaron un trastorno esquizoafectivo. Tras abandonar por algunos meses el centro, el día 2 de abril de 2000 la mujer ingresó en el pabellón de media estancia denominado Lluerma, situado en el recinto del Hospital Psiquiátrico. Durante los meses siguientes pasó periodos de hospitalización en régimen abierto, con otros en la unidad de agudos tras varios intentos de suicidio.
Los jueces explican que durante su ingreso en uno de los pabellones la mujer tuvo problemas de relación con otra paciente. Se informó de esta situación a la subdirección médica, que determinó la necesidad de una mayor vigilancia y un cuidado especial. También consideró "un alto riesgo" el traslado a la residencia mixta del hospital, que es una unidad abierta donde el nivel de vigilancia del enfermo es mucho menor. Sin embargo, a pesar de esta advertencia, la enferma pasó a disfrutar de un tratamiento de régimen abierto, aunque siempre debía permanecer bajo la vigilancia de algún empleado del Psiquiátrico o de un familiar. La paciente podía circular por el recinto, entre otras cosas porque seguía un determinado tratamiento médico en uno de los pabellones, aunque esta circulación se debía producir siempre bajo vigilancia.
El día 11 de marzo de 2002, según señala la sentencia, la mujer se fugó del hospital, sin que inicialmente nadie se diera cuenta de su ausencia. Al día siguiente fue encontrada muerta por las cercanías del Hospital Psiquiátrico. La mujer se había suicidado, según demostró la Policía.
Un año después los hijos de la víctima presentaron una reclamación económica ante la administración, a la que culpó de la muerte de su madre.
El caso fue presentado ante el Consell Consultiu, que reconoció la responsabilidad de la administración sanitaria en la muerte de esta paciente.

Desapareció

El Consell Consultivo reflejaba que el día que desapareció su ausencia del pabellón no fue inicialmente detectada, por lo que la mujer tuvo tiempo de huir del centro hospitalario y buscar un lugar donde quitarse la vida. A juicio de estos letrados, para circular por el recinto esta paciente precisaba de la compañía imprescindible del personal médico.
A pesar de este informe del Consell Consultiu la conselleria de Salut del Govern rechazó la reclamación presentada por los hijos de la fallecida. La administración sostenía que la actuación de todo el personal médico que había atendido a esta persona había sido correcta.
El tribunal, en cambio, coincide con el criterio mostrado por el Consell Consultiu y responsabiliza a la administración sanitaria del suicidio de esta enferma.

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