El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de un atracador que fue condenado a 13 años de prisión por el violento asalto al chalé de un conocido constructor cometido en 2003 en s´Arenal. El empresario y su mujer recibieron una brutal paliza por parte de tres atracadores –solo uno de ellos ha sido condenado–, que se llevaron un botín superior a los 300.000 euros.

Los hechos se remontan al 15 de diciembre de 2003, cuando tres personas encapuchadas y armadas con un cuchillo y una porra irrumpieron en la vivienda y aguardaron a la llegada de los dueños. Cuando estos entraron en casa, les rociaron la cara con un aerosol, los maniataron y amordazaron y les propinaron una brutal paliza.

"Me golpearon con botellas y con un candelabro de hierro hasta que se dobló. Creí que nos mataban", explicó una de las víctimas durante el juicio. Los asaltantes consiguieron acceder así a la caja fuerte y se llevaron dinero en efectivo y joyas, mientras el empresario simulaba haberse desmayado para que dejasen de golpearle. El botín ascendió a más de 300.000 euros.

La Audiencia Provincial juzgó a tres sospechosos, pero solo uno de ellos fue condenado. El tribunal le impuso una pena de 13 años y medio de cárcel por los delitos de robo con violencia, lesiones, detención ilegal y allanamiento de morada.

La defensa del atracador, un marroquí de 31 años llamado Alí T., recurrió la sentencia ante el Supremo, alegando que no había pruebas de cargo suficientes contra su cliente. Sin embargo, el Alto Tribunal considera que los restos de ADN extraídos de un pasamontañas que se halló en el vehículo de las víctimas, que los atracadores se llevaron tras el asalto, el hecho de que el acusado saltara por una ventana para huir de la Policía cuando iba a ser detenido o la cicatriz que presentaba en una mano cuando fue arrestado –una de las víctimas mordió a uno de los agresores–, constituyen indicios suficientes para acreditar su implicación en el robo.

El letrado argumentaba además que la privación de libertad que sufrieron las víctimas fue de corta duración, por lo que el delito de detención ilegal debería quedar absorbido por el de robo con violencia, pero el Supremo rechaza también este argumento y confirma así la pena de trece años y media de prisión que impuso la Audiencia de Palma.