La sección quinta de la Audiencia Provincial de Oviedo ha condenado al arquitecto valenciano Santiago Calatrava a abonar 2.960.781 euros a la promotora Jovellanos XXI. Contra esta resolución cabe recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal, en su caso.

De este modo la Audiencia ha estimado parcialmente los recursos presentados por ambas partes respecto al fallo anterior referente a los defectos en los trabajos de construcción, sobrecostes en el Palacio de Congresos y Exposiciones de Oviedo.

La Audiencia ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la entidad Santiago Calatrava, LLC y ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la entidad Jovellanos XXI, S.L. contra la sentencia dictada en fecha 6 junio de 2013 por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Oviedo. Por lo que la Audiencia condena a pagar a Jovellanos XXI la cantidad de 7.285.000 euros.

Se estima parcialmente la reconvención formulada por Jovellanos XXI, S.L. frente a Santiago Calatrava, LLC y se condena a ésta a abonar a la demandada la cantidad de 10.245.781,74 euros, y compensando ambas cantidades, se condena a la actora, Santiago Calatrava, LLC a abonar a Jovellanos XXI, S.L. la cantidad de 2.960.781,74 euros.

La Audiencia ha elaborado el fallo tras valorar dos denuncias cruzadas entre la promotora Jovellanos XXI y la entidad Santiago Calatrava, LLC admitidas por el Juzgado de Primera Instancia número 10.

El primero que interpuso la denuncia en los Juzgados de Oviedo fue el arquitecto valenciano para reclamar sus honorarios. Fue entonces cuando la empresa promotora respondió con una demanda reconvencional en la que la sociedad aseguraba que por los defectos en la construcción y los sobrecostes, además de la ausencia de una dirección real de obra, Calatrava debería pagar 23.267.199 euros.