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Inca

La nueva ordenanza de Inca prohíbe los ´afters´ y obliga a cerrar a los casinos a las cuatro

Los bares y cafeterías no podrán montar terrazas antes de las siete ni prolongarlas más allá de las doce de la noche

Clientes sentados, consumiendo en las terrazas de algunas cafeterías de la plaza de España de Inca, ayer por la tarde. Pep Córcoles

El ayuntamiento de Inca ha redactado la primera ordenanza específica para regular el horario de apertura y cierre de los locales de ocio de la ciudad. Virgilio Moreno, alcalde de Inca, explica que la razón por la que se ha llevado a cabo "se centra en el nuevo abanico de ofertas, y que hasta el momento se aplicaba una ordenanza genérica en la que los horarios se regulaban en base a una orden de la Delegación de Gobierno de los años 90".

Uno de los artículos que generarán polémica, puesto que empresarios de dicho sector ya han expresado su oposición al mismo, se refiere a la obligatoriedad de cerrar cada día las casas de apuestas, bingos, cines y negocios similares.

Moreno indica que el Ayuntamiento cuenta con informes de la Policía Local y de la Guardia Civil en los que se ponen de manifiesto los problemas que causan en su entorno este tipo de negocios si no tienen límite horario. "No crea el problema la actividad en sí, sino la gente que acude a determinadas horas y provoca molestias al vecindario, e incluso altercados", dice el alcalde. Por esa razón, la nueva normativa indica que esos negocios sólo podrán abrir sus puertas de las diez de la mañana hasta las cuatro de la madrugada. Hasta el momento las casas de apuestas venían funcionando ininterrumpidamente.

La ordenanza divide a los establecimientos en tres categorías. En el grupo primero se encuentran los restaurantes; restaurantes con ubicación especial y los bares y cafeterías. Los dos primeros podrán abrir de las ocho de la mañana a las dos de la madrugada. Los bares y cafeterías: de las siete a las dos. Cuando estos establecimientos usen la vía pública, o espacio privado, para montar terrazas en el exterior, estarán obligados a cerrarlas a las 24 horas excepto de abril a octubre en que se permitirá hasta la una de la madrugada. Dispondrán de 30 minutos extra para montar o desmontarlas.

En el segundo grupo se encuentran los bares musicales, salas de fiesta, baile o discotecas y los teatros y cafés teatro. Se les permite cerrar a las tres los días laborables y a las 5.30 los viernes, sábados y vísperas de fiestas. Los teatros y cafés teatros, sólo hasta las tres.

Una de las prohibiciones taxativas de la ordenanza municipal son las denominadas fiestas ´after´; es decir, fuera de los horarios habituales.

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