El Govern balear tendrá que asumir una nueva indemnización económica, en esta ocasión de 39,8 millones de euros, como consecuencia de la aplicación de la ley aprobada en 2008, sobre las medidas urgentes para el desarrollo territorial sostenible de Balears. Una protección que se aplicó sobre una parte de la conocida finca de Biniorella, en Andratx, que debido a esta ley perdió todos los derechos urbanísticos que tenía desde hacía décadas. Terrenos considerados hasta entonces como suelo urbanizable, que pasaron a convertirse en suelo rústico.

No es la primera vez que se condena al Govern por la protección urbanística en Andratx. De hecho, se trata de la cuarta sentencia, aunque la última es la que fija una indemnización más elevada. Las tres sentencias anteriores fijaban una indemnización total de casi 35 millones de euros.

El propietario que se verá beneficiado con esta última decisión del tribunal adquirió una serie de fincas en Andratx en el año 1983. La ley aprobada por el Govern en el año 2008 le afectaron a una superficie de 98.196 metros cuadrados. Todos los terrenos pasaron a ser suelo rústico, pero con distinta calificación. Una parte se convirtió en área natural de especial interés y la otra en área rural de interés paisajístico.

La finca afectada por esta medida de protección está ubicada en la zona más alejadas de la costa, en concreto está situada al otro lado de la carretera que va desde Camp de Mar al Port d'Andratx.

El tribunal, en esta demanda, ha venido aplicando exactamente el mismo criterio que en los tres casos anteriores sobre los que tuvo que pronunciarse. Un criterio por el que se sostiene que el propietario de unos terrenos, afectados por estas medidas de protección, que representan la pérdida de todos los derechos de urbanización, tiene derecho a recibir una indemnización económica. En este caso concreto, sobre estos terrenos ya se había iniciado el proceso urbanístico. El tribunal destaca, basándose en un informe de un experto, que los servicios urbanísticos que se habían implantado alcanzaban el 75,96 % de la superficie. El propietario se había gastado algo más de un millón de euros en implantar estos servicios. El dueño presentó un estudio de un experto, que determinó que en el caso de que hubiera continuado con el proceso urbanístico en la finca, el valor de los terrenos habría alcanzado los 82,7 millones.

La indemnización que tendrá que abonar el Govern corresponde, únicamente, a los perjuicios económicos que sufrió este propietario al aplicarse esta ley de protección de terrenos. que le impidió desarrollar cualquier plan urbanístico en esta finca.