Un auto de la sección primera de la Audiencia Provincial emitido el pasado 17 de mayo archiva definitivamente el conocido como caso Radio Calvià desestimando el recurso de apelación presentado por el alcalde de Calvià, Alfonso Rodríguez Badal, contra el auto anterior del juzgado de instrucción número 12 de Palma que confirmaba el sobreseimineto provisional del caso. La resolución de la Audiencia Provincial no admite recurso, por lo que puede considerarse firme.

La parte recurrente denunciaba en su escrito de querella los presuntos delitos de prevaricación, malversación y fraude a la administración que habrían cometido los querellados en el procedimiento de adjudicación de diversos contratos de asistencia técnica y gestión de publicidad referidos al servicio de radio municipal de Calvià entre los años 2004 y 2011. Según sus argumentos, el exalcalde Carlos Delgado (PP), concertado con la entonces directora de Comunicación del Ayuntamiento, "habría adjudicado los contratos a personas vinculadas a la corporación por importes muy superiores al precio de mercado sin supervisar 'a posteriori' la ejecución del contrato".

No obstante, el auto de la Audiencia Provincial acepta las conclusiones de la juez en el auto recurrido, que no apreció indicios de delito suficientes y consideró que la decisión de sufragar un servicio de radio municipal "en sí misma no puede ser prevaricadora o malversadora al estar legal y constitucionalmente prevista". Admite que existen irregularidades administrativas, pero no hay indicios de criminalidad.

El auto de sobreseimiento argumentaba que "tras la profusa investigación debe concluirse que si bien se utilizaron en ocasiones fórmulas de contratación inadecuadas y anormalidades procedimentales, no consta que los alcaldes y funcionarios querellados actuasen arbitrariamente y de común acuerdo con los adjudicatarios querellados para beneficiar a estos últimos con perjuicio para la Administración y con menoscabo evidente de los intereses generales".

El recurso contra el auto de archivo asegura que se han recabado "indicios suficientes de que los investigados se habrían puesto de acuerdo para adjudicar determinados contratos de asistencia técnica y de gestión de la publicidad de la radio prescindiendo del procedimiento legalmente establecido". Sin embargo, el reciente auto reitera que comparte las conclusiones de la anterior resolución judicial y considera que no concurren los requisitos de los delitos objeto de la querella "al no existir indicios suficientes para afirmar una actuación deliberada y concertada de los querellados para beneficiarse".