Un reciente decreto de Alcaldía establece las vías públicas cercanas al litoral de Calvià donde se permitirá ir sin camiseta haciendo una excepción a la ordenanza municipal para el Fomento de Convivencia, aprobada en septiembre de 2016. Esta norma prohíbe transitar por espacios públicos no costeros desprovistos de ropa en la parte superior del cuerpo. Las multas pueden oscilar entre los 100 y los 600 euros.

El decreto recoge un listado de 32 puntos del municipio en los que estará en vigor esta excepción. Se trata, sobre todo, de accesos a playas, paseos marítimos, calles próximas a la costa e instalaciones públicas adyacentes, como puedan ser aparcamientos o parques infantiles.

Las zonas de exención se reparten entre Illetes, Cas Català, Bendinat, Portals Nous, Costa d'en Blanes, Son Caliu, Palmanova, Maglauf, Cala Vinyes, Sol de Mallorca, El Toro, Santa Ponça, Costa de la Calma, Peguera y Cala Fornells.

La decisión de prohibir el seminudismo, y también el nudismo, en espacios públicos fuera del litoral se inscribe en la batería de medidas que adoptó el ayuntamiento de Calvià para mejorar la imagen del destino tras el escándalo que generó el caso del mamading de Magaluf.mamading

En el verano de 2014, la difusión viral de un vídeo donde una turista practicaba felaciones a una veintena de participantes en una excursión etílica ( bar crawl) provocó una tormenta política y mediática que empujó a la administración municipal y a todo el sector turístico a actuar para evitar que el deterioro del destino fuera a más.

Ordenanza de Convivencia

A finales de la legislatura pasada, en época del alcalde Manu Onieva (PP), una comisión de seguimiento de Magaluf -con la participación de hoteleros, comerciantes y otros subsectores- trató la regulación de controvertidas prácticas como el bar crawl

En esta legislatura, el equipo de gobierno dirigido por Alfonso Rodríguez Badal (PSOE) las recopiló y actualizó en el marco de la ordenanza para el Fomento de la Convivencia, que se aprobó en octubre de 2016.

En esta normativa se incluyen también las restricciones al consumo de alcohol en la vía pública en horario nocturno.

Vías contiguas al litoral

Por lo que se refiere a la regulación del seminudismo, el artículo 44 de la ordenanza prescribe que estará prohibido ir sin camiseta en espacios públicos, incluidos transportes y sedes públicas. Como es lógico, la norma no se aplica en playas, piscinas u otros lugares "donde esto sea normal o habitual".

Tampoco, continúa la normativa, se aplicará la prohibición "en paseos marítimos ni en calles ni vías inmediatamente contiguas" al litoral.

Para no dar lugar a equívocos, la ordenanza aprobada en esta legislatura, a diferencia de la prescripción que existía hasta ahora, determinaba que un decreto de Alcaldía debía establecer una relación con estas calles donde no sería aplicable la restricción.

Éste es el decreto que suscribió el pasado 10 de mayo el teniente de alcalde de Seguridad, Andreu Serra, con la relación de una treintena de puntos públicos en los que la medida no se aplicará.