La sentencia del Tribunal Supremo que anula la adjudicación de la gestión del puerto de Andratx a la empresa Club de Vela, otorgada por el Govern de forma irregular en el año 2006, acusa a la conselleria de Obras Públicas, Vivienda y Transportes del Govern Matas, dirigida entonces por Mabel Cabrer, hoy diputada autonómica del PP, de incurrir en una "clara desviación de poder"para adjudicar por un plazo de 30 años la ocupación y explotación de las instalaciones náuticas del puerto 'andritxol' al anterior concesionario, el Club de Vela, cuando esta empresa no presentó la mejor oferta al concurso convocado en el año 2002. No obstante, se vio favorecida por una serie de modificaciones legislativas a medida con el objetivo de que la citada empresa obtuviera una "concesión nueva y adaptada" por un plazo de 30 años, a pesar de que la convocatoria fijaba un plazo de catorce años.

Se da la circunstancia de que Mabel Cabrer había formado parte de la junta directiva de la entidad beneficiaria del concurso. De hecho, la entonces consellera se retiró de la reunión de Ports de les Illes Balears que, el 27 de noviembre de 2006, otorgó la concesión del puerto al Club de Vela, el mismo día en que estalló la operación Voramar que investigaba casos de corrupción en el Ayuntamiento.

Tal y como informó ayer este diario, la sentencia del Supremo da la razón a la empresa Iniciatives Portuàries Mirall de Mallorca S. L., que presentó la mejor oferta en el concurso de adjudicación, por lo que concede la gestión del puerto de Andratx a esta entidad y anula las resoluciones del Govern y de Ports de Balears que otorgaron la concesión al Club de Vela Puerto de Andratx y autorizaban la devolución de las fianzas presentadas por la empresa que presentó la mejor oferta.

La clave por la cual el Supremo ha anulado la sentencia anterior del TSJB está en la introducción, en el proyecto de ley de ordenación económica, medidas tributarias, administrativas y de función pública que estaba en tramitación, de una disposición adicional que dejaba sin efecto los procedimientos en concurso para la adjudicación y explotación de instalaciones náuticas que estuvieran pendientes de resolución y que se hubiesen iniciado antes de la entrada en vigor de la ley.

Este cambio legislativo, que según el Tribunal se hizo expresamente para favorecer al Club de Vela y que fue anulado después por el Constitucional, se produjo en un momento en el que el proceso de adjudicación del puerto 'andritxol' quedó paralizado después de haber estado a punto de otorgar la concesión a la empresa que había obtenido la mejor puntuación.

Asimismo, el Govern se apoyó después en otro precepto legislativo para otorgar la concesión al Club de Vela a partir del cual se autorizaba a los titulares de concesiones expiradas a obtener un nuevo título concesional.