Veto municipal a la exposición de alcohol en escaparates y terrazas de negocios como licorerías, supermercados o locales de comida rápida (take away). El Ayuntaminento prohibirá a partir de ahora que este tipo de productos se puedan ver desde la vía pública. El objetivo, “hacer de Calvià un destino de calidad y mejorar el entorno del municipio, desterrando el turismo de excesos que se había instalado a lo largo de los últimos años”.

Éste es el argumento que da el Consistorio para modificar la ordenanza municipal que regula la estética exterior de los establecimientos comerciales y oferta turística básica, así como el uso de terrazas y zonas privadas con actividad empresarial visibles desde la vía pública. La modificación la presentará el gobierno municipal, formado por PSOE y Sí Se Puede, en el pleno ordinario que se celebrará la semana que viene.

La norma es clara a la hora de prohibir la exposición de bebidas alcohólicas en escaparates, ventanas y, en general, “en cualquier lugar desde el que sean fácilmente visibles desde el exterior”.

Se restringe también la venta de alcohol a través de máquinas automáticas, “salvo que se encuentren en el interior de establecimientos autorizados para la venta, cerrados y (con) una persona encargada de que se cumplan las condiciones anteriores”.

El cambio normativo amenaza con causar un hondo malestar entre una parte del sector comercial del municipio, sobre todo de sus zonas turísticas, acostumbrado desde hace décadas a situar botellas de alcohol en sus terrazas.

De hecho, ayer, algunos de ellos ya pusieron el grito en el cielo al conocer las intenciones del Ayuntamiento calvianer, que, de hecho, a partir de ahora considerará una “falta grave” que se contravenga esta disposición.

Contra las máquinas de boxeo

Otra de las principales modificaciones normativas afecta a esas máquinas recreativas frecuentes en zonas de ocio nocturno donde se pone a prueba la fuerza del usuario, que debe golpear un puching ball.

A partir de ahora, este tipo de elementos recreativos estarán prohibidos en las terrazas públicas y en las privadas de uso público, para disminuir la contaminación acústica que generan, según explican desde la administración.

Tampoco se permiten en este tipo de terrazas máquinas expendedoras de bebidas alcohólicas, de tabaco y de venta de artículos pornográficos. El incumplimiento de esta normativa también recibe la consideración de “falta grave” en la modificada ordenanza que regula la estética exterior de los establecimientos comerciales.

Elementos de calidad

La normativa entra a regular también por primera vez la calidad mínima exigida en los materiales que se suelen utilizar en estos espacios exteriores. Así, no estarán permitidos los expositores “deteriorados o de baja calidad” ni las sombrillas o paravientos “que representen un menoscabo para la estética de las fachadas”.

Además, la administración prescribe incluso el tipo de materiales que deben componer el mobilizario de las terrazas: hierro, madera, mimbre, caña, bambú, acero inoxidable o aluminio.

La regulación dispone también que la distribución de enseres en las terrazas debe garantizar unas zonas libres de paso hacia el interior del local, con una anchura que oscila entre un metro y un metro y medio, con el objetivo de mejorar la accesibilidad.