La Justicia ha desestimado la petición al Consell de Mallorca de un indemnización de 10,6 millones de euros por parte de los promotores de una urbanización en Cala Carbó, en el municipio de Pollença, que no se construyó.

El Consell expresó ayer su satisfacción por la sentencia del juzgado contencioso administrativo número uno de Palma que ha desestimado el recurso de la empresa Ullal Park y de tres particulares por las presuntas pérdidas ocasionadas por la eliminación del Área de Reconversión Territorial (ART) Cala Carbó-l'Ullal que estaba contemplada en el Plan Territorial de Mallorca y que traspasaba la edificabilidad de Cala Carbó, que quedó protegido, a la zona de l'Ullal, en el Moll 'pollencí'.

Protección

El Consell destacó que la sentencia es favorable a la protección de la zona y recordó que la modificación puntual número 2 del Plan Territorial de Mallorca (PTM) eliminó todas las ART.

Esta modificación se aprobó en enero de 2011, momento en el que quedaba patente la protección de Cala Carbó. Anteriormente, la Ley 4/2008 de medidas urgentes para el desarrollo territorial sostenible amplió las zonas ANEI (Área Natural de Especial Interés) y ya incluyó el ámbito de Cala Carbó, pasando a ser suelo rústico protegido.

En diciembre de 2004, con la aprobación del Plan Territorial de Mallorca, los aprovechamientos urbanísticos de Cala Carbó se trasladaban a la zona del Ullal a través de la citada ART. Sin embargo, la modificación del PTM de 2011 eliminaba todas las ART. La institución insular cumplía así con la ley antes mencionada que protegía Cala Carbó.

La sentencia concluye que no se pueden imputar los daños patrimoniales al Consell de Mallorca, porque solo se limitó a dar cumplimiento a una ley vinculante, sin margen de decisión.