Una sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Palma hecha pública ayer desestima el recurso que los propietarios de una parcela de Cala Carbó (Pollença) habían presentado contra un decreto de alcaldía del pasado 24 de julio de 2015 que no admitía a trámite la reclamación por responsabilidad patrimonial que estos propietarios habían registrado por los daños causados en el solar por la "inactividad municipal en cuanto al desarrollo de la urbanización". La indemnización reclamada ascendía a 303.643 euros, cantidad que los recurrentes querían percibir debido a la "pérdida patrimonial" de su propiedad.

La urbanización de Cala Carbó fue desclasificada por la Ley 4/2008 de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible. El núcleo pasó a tener la condición de suelo rústico protegido con la categoría de ANEI, por lo que se impedía el desarrollo urbanístico contemplado en el Plan General de Pollença para la parcela de los recurrentes.

El decreto de alcaldía que motivó el recurso de la propiedad inadmitió la reclamación patrimonial al considerar que el derecho a reclamar había prescrito, ya que según la institución municipal este derecho "nació con la entrada en vigor" de la citada ley desclasificatoria. No obstante, el juzgado no está de acuerdo con esta apreciación y considera que "no cabe apreciar extemporaneidad en la reclamación de responsabilidad patrimonial". Sin embargo, decide desestimar el recurso de la propiedad porque no aprecia los requisitos necesarios para reclamar una indemnización y confirma el decreto de alcaldía impugnado. El fallo no considera al ayuntamiento de Pollença responsable de la lesión patrimonial. "Sin lesión, no cabe resarcimiento", concluye.

Fuentes del consistorio 'pollencí' valoraron ayer la sentencia de forma "muy positiva" porque, a su entender, "confirma nuevamente que la fórmula de la Ley 4/2008 para la protección de determinados enclaves de Balears y en concreto de Pollença, fue adecuada por su efectividad en la protección del medio ambiente y por haber protegido en gran medida las responsabilidades del Ayuntamiento".