La Audiencia de Palma ha condenado a un taller mecánico de Manacor y su compañía de seguros a pagar entre ambos un total de 19.025 euros al dueño de un vehículo en el que instalaron de forma defectuosa un inyector, lo que provocó una avería total del motor que no lograron diagnosticar ni reparar.

La sección tercera del tribunal provincial ha desestimado el recurso interpuesto por el taller y la compañía de seguros contra una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Manacor que les condenó a pagar 9.662 euros al primero y 9.362 a la segunda, y la ha confirmado.

La sentencia inicial fijó las cuantías al estimar acreditado que la avería del vehículo se debía a la instalación defectuosa de uno de los cuatro inyectores que llevó a cabo el taller demandado en una campaña técnica gratuita.

Los condenados recurrieron por entender que el juez pasó por alto un informe pericial que concluyó que la avería no procedía de los inyectores sino de una mezcla de aceite y gasóleo en el depósito por avería interna de la bomba tándem, cuando el que aceptó cómo válido no explicaba como era posible que el vehículo hubiera circulado unos 6.000 kilómetros desde que se instalaron los inyectores.

Reclamaban además que en todo caso se dedujera un 37 % el valor reclamado por el conjunto del motor, porque éste ya había consumido un tercio de su vida media.

El tribunal de la sección tercera considera que la sentencia de primera instancia es "totalmente correcta, congruente y lógica" y no halla "atisbo alguno de arbitrariedad", por lo que desestima el recurso.

La sala comparte que debe prevalecer el informe pericial que señaló uno de los inyectores como motivo de la avería por "su profesionalidad y coherencia", frente al defendido por los recurrentes que se hizo "con solo mirar el contenido de la botella que el taller le mostró afirmando que era líquido extraído del automóvil meses antes".

El tribunal recalca que, cuando el afectado llevó el coche averiado, el taller demandado fue incapaz de detectar a lo largo de dos meses el motivo de la avería e informó al servicio oficial de que "revisado el combustible, todo se hallaba correcto".

Tras revisar las pruebas, el tribunal señala que la evidencia de que uno de los cilindros estaba dañado es un hecho cierto a simple vista, apoyado además por un experimento realizado por un perito en el propio juicio, que despejó todas las dudas.

Añade que un mecánico admitió además que la instalación defectuosa de uno de los inyectores o que uno de ellos fuera defectuoso, no tenía que provocar necesariamente que el vehículo no pudiera circular durante un número considerable de kilómetros, como ocurrió, antes de la avería total del motor.

La sala también confirma el valor de la reparación y recuerda que el afectado tuvo que pagar una factura de 2.017 euros después de que el taller no lograra averiguar el motivo de la avería e indicara que el motor "se había pasado de vueltas".