La Conselleria de Medio Ambiente se puso en contacto ayer con el portal de ventas telemáticas ebay para informarle de la actividad "ilegal" que estaban haciendo al menos dos de sus usuarios con la pretendida venta de lotes de arena de diferentes playas de Mallorca. Las autoridades han advertido que emprenderán las acciones legales oportunas contra quienes lleven a cabo esta actividad "ilícita".

La actuación de Medio Ambiente se produjo a raíz de la llegada de una denuncia ciudadana por la venta de arena en el portal comercial electrónico.

La Dirección general de Espacios Naturales y Biodiversidad ha estudiado las infracciones presuntas que han cometido dos individuos que responden a los apodos de Gwtombrider y Rollochef, los cuales han puesto a la venta arena proveniente de diferentes lugares de las playas de la isla de Mallorca.

La Conselleria se ha puesto en contacto con el portal comercial para haga de mediador con los vendedores a fin de que dejen de ofrecer este producto. Si no lo hacen y se determina que incurren en una ilegalidad, la Conselleria emprenderá las acciones legales que correspondan. Por su parte los Agentes de Medio ambiente ya están cursando una acta para remitir a Costas.

Competencias

Las extracciones de áridos de las playas son competencia de Costas, pero si este aprovechamiento de bienes públicos se produce dentro de los espacios naturales protegidos, como son las playas de Sa Calobra, del Port des Canonge, des Trenc, etc., vulneran el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de la Serra de Tramuntana y el artículo 34 de la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, del patrimonio natural y de la biodiversidad, que establece que "[...] está limitada la explotación de recursos, excepto cuando esta explotación sea plenamente coherente con la conservación [...], con la pertinente autorización administrativa previa".

El Govern balear asegura que ambos vendedores "evidentemente, no disponen de ningún tipo de autorización de la Administración".

También vulneran la Ley 5/2005 para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), que en el artículo 50.1.a establece que "se considera una infracción administrativa leve la alteración de las condiciones de un espacio o de sus productos mediante la ocupación, la tala, el arrancado, el movimiento de tierras, la extracción de materiales u otras acciones, sin autorización". De acuerdo con el artículo 51.a de la misma Ley, "si estas conductas pasan a tener finalidad comercial, se deben tipificar como graves".

Además, cualquier actuación en espacios de la Red Natura 2000, como es el caso des Trenc, "debe disponer del informe preceptivo de planificación para poder ser autorizada, del cual evidentemente estas personas no disponen", manifiesta un portavoz de Medio Ambiente.

Comercio

La Dirección general de Comercio y Empresa ha puesto el caso en conocimiento de la Dirección general de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Competitividad, autoridad competente en comercio electrónico, para determine las actuaciones correspondientes a adoptar .

El Ayuntamiento de Escorca, por su parte, ha colocado carteles en el Torrent de Pareis advirtiendo a los turistas que no pueden llevarse piedras ni cochas de sa Calobra puesto que constituyen parte de un monumento natural".