La Justicia ha estimado un recurso presentado por el ayuntamiento de Son Servera y por el que percibirá 300.000 euros más intereses. La sentencia, con fecha de 16 de mayo de 2016, obliga a una entidad bancaria a devolver al consistorio serverí dicha cantidad, una vez ha sido declarado nulo un contrato bancario firmado en el mes de enero de 2007, relativo a una cobertura del tipo de interés (SWAP) derivado de un préstamo hipotecario.

Los hechos ocurrieron hace nueve años, cuando el gobierno municipal del PP firmó un préstamo hipotecario por parte de la empresa municipal Son Servera XXI, S.L. para llevar a cabo la construcción de la nueva comisaría de Policía. Meses después de firmarlo, se hizo lo propio con un nuevo contrato SWAP para la cobertura del aumento del tipo de interés. Durante la pasada legislatura, el exalcalde Antoni Servera denunció que el contrato firmado por el PP era gravoso para el consistorio, porque se estaba pagando un tipo de interés fijo al 4,5% por el préstamo hipotecario cuando los intereses se situaban por debajo de los 0,5 puntos porcentuales.

Ante esta situación y habiéndose agotado la vía de la conciliación extrajudicial con el banco, el equipo de gobierno municipal decidió emprender medidas legales contra la entidad (a la que la corporación no quiere hacer referencia), y a finales del año 2015 interpuso la demanda correspondiente para que el contrato de cobertura de tipos de interés fuese declarado nulo. La sentencia estima íntegramente las pretensiones municipales, declara la nulidad del contrato y condena a la entidad bancaria a la devolución de las cantidades percibidas por este concepto más los intereses.